Language of document :

Recurso interpuesto el 22 de julio de 2014 — ZZ/Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE)

(Asunto F-71/14)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: ZZ (representantes: L.F. de Castro y J.-L. Gillain, abogados)

Demandada: Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE)

Objeto y descripción del litigio

Anulación de la decisión de negarse a seguir pagando la indemnización de condiciones de vida (ICV), la indemnización complementaria (IC) en función de las condiciones vida del lugar de afectación de la demandante y una indemnización diaria (ID), y a pagar 49 días de vacaciones del año 2012 no disfrutados así como una pretensión de indemnización del perjuicio sufrido por la falta de asistencia y el abandono sufridos a raíz del accidente laboral del que la demandante fue víctima.

Pretensiones de la parte demandante

—    El abono de las ICV y IC correspondientes al período comprendido entre el 1 de mayo de 2012 y el 31 de octubre de 2013, o, como mínimo, el abono para el mismo período de la ID;

—    el pago de 49 días de vacaciones no disfrutados durante el año 2012;

—    el restablecimiento del contrato o la celebración de un nuevo contrato de duración indefinida o convertible, transcurrido un determinado plazo, en un contrato de duración indefinida o una indemnización del perjuicio vinculada al hecho de que, de no haberse producido el accidente, se hubiera celebrado un nuevo contrato entre la demandante y la parte demandada;

—    la reparación del perjuicio que sufrió como consecuencia del accidente: i) por un total de 10 000 euros en concepto de la falta de asistencia en Jordania y en Bruselas, desde el punto de vista médico, administrativo y pecuniario; ii) por una cantidad igual a todos los salarios, dietas y beneficios no percibidos y perdidos y a los gastos realizados, médicos o de otro tipo, por la demandante debido al accidente, estimada provisionalmente en 50 000 euros, como consecuencia del accidente cuya responsabilidad recae en las Naciones Unidas y en el SEAE; este último deberá asistir y financiar este litigio conjuntamente con las Naciones Unidas y todos los participantes en la organización de esas prácticas; iii) una cantidad provisional de 50 000 euros por el uso abusivo de los contratos de duración determinada, que incluyen cláusulas de prueba cada vez, en particular este último, y su no renovación.