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Recurso interpuesto el 17 de noviembre de 2006 - Ercros/OAMI - Degussa (TAI CROS)

(Asunto T-315/06)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán

Partes

Demandante: Ercros, S.A. (Barcelona) (representante: R. Thierie, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Degussa AG (Düsseldorf, Alemania)

Pretensiones de la parte demandante

Que se modifique sic et simpliciter la resolución impugnada (resolución dictada por la Primera Sala de Recurso de la OAMI el 20 de septiembre de 2006 en el asunto R 29/2006-1).

Que se estime la oposición y se deniegue la solicitud de registro nº 2.768.581 de la marca figurativa "TAICROS".

Que se condene en costas a la OAMI.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: Degussa AG.

Marca comunitaria solicitada: marca figurativa "TAI CROS" para productos de la clase 1 (solicitud nº 2.768.581).

Titular de la marca o signo invocados en el procedimiento de oposición: la demandante.

Marca o signo invocados en el procedimiento de oposición: marca denominativa española "CROS", marca denominativa española "SOCIEDAD ANÓNIMA CROS", marca figurativa española "CROS" y marca denominativa española "ERCROS" para productos de la clase 1.

Resolución de la División de Oposición: desestimación de la oposición.

Resolución de la Sala de Recurso: desestimación del recurso.

Motivos invocados: infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94, 1 debido a la existencia de un riesgo de confusión entre las marcas en conflicto.

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1 - Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO 1994, L 11, p. 1).