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Auto del Tribunal General de 6 de diciembre de 2023 — Birių Krovinių Terminalas/Consejo

(Asunto T-287/23) 1

(«Recurso de anulación — Política Exterior y de Seguridad Común — Medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y de la participación de Bielorrusia en la agresión rusa contra Ucrania — Prohibición de compra, importación o trasferencia de cloruro potásico procedente de Bielorrusia — Prohibición de tránsito de cloruro potásico procedente de Bielorrusia a través del territorio de Lituania — Plazo de recurso — Inadmisibilidad»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Birių Krovinių Terminalas UAB (Klaipeda, Lituania) (representante: V. Ostrovskis, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: A. Boggio-Tomasaz, B. Driessen y A. Antoniadis, agentes, asistidos por de E. Raoult, abogada)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación, por un lado, del artículo 2 octies, apartados 1 y 1 bis, de la Decisión 2012/642/PESC del Consejo, de 15 de octubre de 2012, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Belarús (DO 2012, L 285, p. 1), en su versión modificada por la Decisión 2023/421/PESC del Consejo, de 24 de febrero de 2023, relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y la participación de Bielorrusia en la agresión rusa contra Ucrania (DO 2023, L 61, p. 41), y por otro lado, del artículo 1 decies y el anexo VIII del Reglamento (CE) n.º 765/2006 del Consejo, de 18 de mayo de 2006, relativo a la adopción de medidas restrictivas contra el Presidente Lukashenko y determinados funcionarios de Belarús (DO 2006, L 134, p. 1), en su versión modificada por la Decisión 2023/421, en la medida en que las restricciones pertinentes prohíben la transferencia de cloruro potásico procedente de Bielorrusia.

Fallo

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

Sobreseer la demanda de intervención de la República de Lituania.

Condenar a Birių Krovinių Terminalas UAB a cargar con las costas.

La República de Lituania cargará con sus propias costas relativas a la demanda de intervención.

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1     DO C 252 de 17.7.2023.