Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal judiciaire de Chambéry (Francia) el 20 de febrero de 2024 — xx / ww, yy, zz, vv
(Asunto C-196/24, Aucrinde 1 )
Lengua de procedimiento: francés
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal judiciaire de Chambéry
Partes en el procedimiento principal
Demandante: xx
Demandadas: ww, yy, zz, vv
Con intervención de: Ministerio Fiscal
Cuestiones prejudiciales
¿Permite el artículo 12 del Reglamento (UE) 2020/1783 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2020, relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil, 1 al juez nacional denegar la aplicación del Reglamento citado y no atender la solicitud del Estado requirente, al ser el procedimiento de solicitud contrario a principios fundamentales del Derecho nacional del Estado requerido, y en particular al artículo 16-11 de su Código Civil?
En el caso de que el artículo 12 del Reglamento (UE) 2020/1783 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2020, relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil, se aplique sin tener en cuenta el Derecho nacional, ¿cómo debe interpretarse el artículo 1 (derecho a la dignidad) en relación con el artículo 7 (derecho al respeto de la vida privada) de la Carta de los Derechos Fundamentales a efectos de determinar si tal aplicación del Reglamento entraña o no una vulneración de dicha Carta?
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1 La denominación del presente asunto es ficticia. No se corresponde con el nombre de ninguna parte en el procedimiento.
1 DO 2020, L 405, p. 1.