Language of document :

Recurso interpuesto el 5 de marzo de 2018 — Braesch y otros/Comisión

(Asunto T-161/18)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Anthony Braesch (Luxemburgo, Luxemburgo), Trinity Investments DAC (Dublín, Irlanda), Bybrook Capital Master Fund LP (Gran Caimán, Islas Caimán), Bybrook Capital Hazelton Master Fund LP (Gran Caimán), Bybrook Capital Badminton Fund LP (Gran Caimán) (representantes: M. Siragusa, A. Champsaur, G. Faella, y L. Prosperetti, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de la Comisión C(2017) 4690 final de 4 de julio de 2017, 1 en el asunto SA.47677 (2017/N);

Con carácter subsidiario, anule la referida Decisión en la medida en que se refiere al trato de los títulos FRESH. 2

Condene a la Comisión a cargar con las costas legales y demás gastos de los demandantes relacionados con el presente asunto.

Adopte cualesquiera otras medidas que el Tribunal de Justicia considere oportunas, incluidas las diligencias de ordenación del procedimiento del artículo 89, apartado 3, y/o las diligencias de instrucción del artículo 91, apartado 1, letra b), del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

Primer motivo, basado en que la Comisión aprobó de manera ilegal un reparto de las cargas en el contexto de una recapitalización cautelar, en infracción de los artículos 18 y 21 del Reglamento (UE) n.º 806/2014 (falta de motivación). 3

Segundo motivo, basado en que la Comisión exigió de manera ilegal la cancelación de los contratos FRESH (error de Derecho y de hecho manifiesto de la Comunicación bancaria de 2013; 4 vulneración de los principios de confianza legítima y de igualdad de trato, falta de motivación).

Tercer motivo, basado en que la Decisión impugnada trata a los propietarios de títulos FRESH de manera discriminatoria [vulneración del derecho a la igualdad de trato de los artículos 20 y 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta») e infracción del artículo 14 y del protocolo n.º 12 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (en lo sucesivo, «CEDH»); error manifiesto de apreciación; falta de motivación].

Cuarto motivo, basado en que la Decisión impugnada vulnera los derechos de propiedad de los propietarios de títulos FRESH (vulneración del derecho a la propiedad del artículo 17 de la Carta e infracción del artículo 1 y del protocolo n.º 1 del CEDH; falta de motivación).

Quinto motivo, basado en que la Comisión no abrió un procedimiento de investigación formal, pese a que existían serias dudas sobre la compatibilidad de las medidas con el Derecho de la Unión (infracción del artículo 108 TFUE, apartados 2 y 3; infracción del artículo 4, apartados 3 y 4, del Reglamento 2015/1589 5 del Consejo; error manifiesto de apreciación; falta de motivación).

____________

1 DO 2018, C 40, p. 7.

2 Floating Rate Equity-linked Subordinated Hybrid (un tipo de obligación).

3 Reglamento (UE) n.º 806/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2014, por el que se establecen normas uniformes y un procedimiento uniforme para la resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión en el marco de un Mecanismo Único de Resolución y un Fondo Único de Resolución y se modifica el Reglamento (UE) n.º 1093/2010 (DO 2014, L 225, p. 1).

4 Comunicación de la Comisión sobre la aplicación, a partir del 1 de agosto de 2013, de la normativa sobre ayudas estatales a las medidas de apoyo en favor de los bancos en el contexto de la crisis financiera («Comunicación bancaria») (DO 2013, C 216, p. 1).

5 Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DO 2015, L 248, p. 9).