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Auto del Tribunal General de 13 de septiembre de 2017 — Alemania/Comisión

(Asunto T-114/10) 1

(«Recurso de anulación — FEDER — Reducción de una ayuda financiera — Programa Interreg II /C ‟Inundación Rin-Mosa” — Inobservancia del plazo de adopción de una decisión — Vicios sustanciales de forma — Recurso manifiestamente fundado»)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: República Federal de Alemania (representantes: inicialmente J. Möller y C. Blaschke, posteriormente J. Möller y T. Henze, agentes, asistidos por U. Karpenstein, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: B.-R. Killmann, B. Conte y A. Steiblytė, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la parte demandante: República Francesa (representantes: inicialmente G. de Bergues y B. Messmer, posteriormente D. Colas y J. Bousin, agentes), y Reino de los Países Bajos (representantes: inicialmente C. Wissels y M. Noort, posteriormente M. Bulterman y B. Koopman, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión C(2009) 10712 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2009, relativa a la reducción de la ayuda financiera concedida al Programa de Iniciativa Comunitaria Interreg II/C «Inundación Rin-Mosa» en el Reino de Bélgica, la República Federal de Alemania, la República Francesa, el Gran Ducado de Luxemburgo y el Reino de los Países Bajos por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) con arreglo a la Decisión C(97) 3742 de la Comisión, de 18 de diciembre de 1997 (FEDER n.º 970010008).

Fallo

Anular la Decisión C(2009) 10712 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2009, relativa a la reducción de la ayuda financiera concedida al Programa de Iniciativa Comunitaria Interreg II/C «Inundación Rin-Mosa» en el Reino de Bélgica, la República Federal de Alemania, la República Francesa, el Gran Ducado de Luxemburgo y el Reino de los Países Bajos por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) con arreglo a la Decisión C(97) 3742 de la Comisión, de 18 de diciembre de 1997 (FEDER n.º 970010008), en cuanto se refiere a la República Federal de Alemania.

La Comisión Europea cargará, además de con sus propias costas, con las de la República Federal de Alemania.

La República Francesa y el Reino de los Países Bajos cargarán con sus propias costas.

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1     DO C 134 de 22.5.2010.