Language of document : ECLI:EU:T:2016:36





Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta)
de 28 de enero de 2016 — Zafeiropoulos/Cedefop

(Asunto T‑537/12)

«Contratos públicos de servicios — Procedimiento de licitación — Prestación de servicios médicos en favor del personal de Cedefop — Desestimación de la oferta de un licitador y adjudicación del contrato a otro licitador — Denegación de acceso a determinados documentos relativos a los demás licitadores que han participado en el procedimiento de licitación — Obligación de motivación — Protección de los intereses comerciales y de la reputación — Protección de datos personales — Protección del proceso de toma de decisiones — Responsabilidad extracontractual»

1.                     Contratos públicos de la Unión Europea — Celebración de un contrato mediante licitación — Facultad de apreciación de las instituciones — Control jurisdiccional — Límites [Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo; Reglamento (CE, Euratom) nº 2342/2002 de la Comisión] (véanse los apartados 36 y 63)

2.                     Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Decisión denegatoria de una solicitud inicial de acceso a documentos de una institución — Exclusión [Art. 263 TFUE; Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1] (véase el apartado 84)

3.                     Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Ilicitud — Perjuicio — Relación de causalidad — Inexistencia de uno de los requisitos — Desestimación de la totalidad del recurso de indemnización (Art. 340 TFUE, párr. 2) (véase el apartado 90)

4.                     Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Perjuicio real y cierto causado por un acto ilegal — Carga de la prueba — Perjuicio resultante de la lesión de la reputación y de la credibilidad de un licitador no seleccionado en un procedimiento de adjudicación de contrato ilegal — Petición de indemnización no sustentada por explicaciones o pruebas — Inexistencia de perjuicio real (Art. 340 TFUE, párr. 2) (véanse los apartados 91 y 94)

5.                     Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Perjuicio real y cierto causado por un acto ilegal — Concepto — Pérdida de una oportunidad de adjudicación de un contrato público — Inclusión — Requisitos (Art. 340 TFUE, párr. 2) (véanse los apartados 96 y 97)

6.                     Contratos públicos de la Unión Europea — Celebración de un contrato mediante licitación — Obligación de un poder adjudicador de llevar a cabo un procedimiento de licitación — Inexistencia [Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, art. 101; Reglamento (CE, Euratom) nº 2342/2002 de la Comisión, art. 149, ap. 1] (véase el apartado 99)

Objeto

En primer lugar, recurso de anulación, por un lado, de la decisión del Cedefop de 8 de octubre de 2012, de desestimar la oferta presentada por el demandante en el marco de un anuncio de licitación de 19 de junio de 2012, publicado en el Suplemento al Diario Oficial de la Unión Europea (DO 2012/S115‑189528), relativo a la prestación de servicios médicos para el personal de Cedefop en Salónica (Grecia), y de la decisión de Cedefop de 9 de octubre de 2012 de adjudicar el contrato definido en el citado anuncio de licitación a otro licitador distinto del demandante y, por otro lado, de la decisión de Cedefop de desestimar la solicitud del demandante de acceder a determinados documentos en el marco del citado procedimiento de licitación y, en segundo lugar, una petición de indemnización por el perjuicio supuestamente sufrido por el demandante como consecuencia de las infracciones cometidas por Cedefop.

Fallo

1)

Anular la decisión del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (Cedefop) de 8 de octubre de 2012 de desestimar la oferta presentada por el Sr. Panteleïmon Zafeiropoulos en el marco de un anuncio de licitación de 19 de junio de 2012, relativo a la prestación de servicios médicos para el personal de Cedefop en Salónica (Grecia), y la decisión de Cedefop de 9 de octubre de 2012 de adjudicar el contrato definido en el citado anuncio de licitación a otro licitador distinto del Sr. Panteleïmon Zafeiropoulos.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Cedefop cargará con sus propias costas y con un tercio de las costas del Sr. Zafeiropoulos.

4)

El Sr. Zafeiropoulos cargará con dos tercios de sus propias costas.