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Petición de decisión prejudicial planteada por el Hanseatisches Oberlandesgericht Hamburg (Alemania) el 23 de diciembre de 2021 — Syngenta Agro GmbH / Agro Trade Handelsgesellschaft mbH

(Asunto C-830/21)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Hanseatisches Oberlandesgericht Hamburg

Partes en el procedimiento principal

Demandante, recurrida y recurrente en apelación: Syngenta Agro GmbH

Demandada, recurrente y recurrida en apelación: Agro Trade Handelsgesellschaft mbH

Cuestiones prejudiciales

1.    ¿Debe interpretarse el artículo 1, en relación con el anexo I, punto 1), letra b), del Reglamento (UE) n.º [54]7/2011 1 en el sentido de que, en el caso de importación paralela de un producto fitosanitario, cuando este se distribuye en otro Estado miembro, deben figurar en el envase el nombre y la dirección del titular de la autorización en el Estado miembro de origen desde el que se importó el producto fitosanitario?

2.    ¿Debe interpretarse el artículo 1, en relación con el anexo I, punto 1), letra f), del Reglamento (UE) n.º [54]7/2011 en el sentido de que, en el caso de importación paralela de un producto fitosanitario, el número de lote asignado en origen por el productor debe indicarse obligatoriamente sin cambios en el envase, o bien es compatible con esta disposición que el importador paralelo retire el número de lote original e indique su propio número de identificación en el envase, si lleva registros de los que resulta la correspondencia entre los números de lote que utiliza y los del titular de la autorización del producto fitosanitario que se importa en paralelo?

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1 Reglamento (UE) n.º 547/2011 de la Comisión, de 8 de junio de 2011 por el que se aplica el Reglamento (CE) n.º 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los requisitos de etiquetado de los productos fitosanitarios (DO 2011, L 155, p. 176).