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Petición de decisión prejudicial planteada por el Nejvyšší soud České republiky (Republica Checa) el 28 de enero de 2022 — YQ/Ředitelství silnic a dálnic ČR

(Asunto C-57/22)

Lengua de procedimiento: checo

Órgano jurisdiccional remitente

Nejvyšší soud České republiky

Partes en el procedimiento principal

Recurrente en casación: YQ

Otra parte: Ředitelství silnic a dálnic ČR

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 2003/88/CE 1 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, en el sentido de que se opone a una jurisprudencia nacional conforme a la cual un trabajador despedido ilegalmente y readmitido posteriormente con arreglo al Derecho nacional, tras la anulación de su despido mediante una resolución judicial, no tiene derecho a vacaciones anuales retribuidas desde la fecha de su despido hasta su reincorporación debido a que, durante ese período, el trabajador en cuestión no ha trabajado efectivamente para el empleador, aun cuando, con arreglo al Derecho nacional, un trabajador que ha sido despedido ilegalmente y que, sin demora injustificada, ha notificado por escrito al empresario su disponibilidad, para trabajar por cuenta de este, tiene derecho a una compensación financiera correspondiente a la media de los salarios del período comprendido entre la fecha en que notificó por escrito a su empleador su disponibilidad para trabajar por cuenta de este y la fecha en que su empleador le ofreció la posibilidad de continuar trabajando o la fecha en que se extinguió válidamente su relación laboral?

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1 DO 2003, L 299, p. 9.