Sentencia del Tribunal General (Sala Octava) de 16 de mayo de 2018 — Netflix International y Netflix/Comisión
(Asunto T‑818/16)
«Recurso de anulación — Ayudas de Estado — Ayuda prevista por Alemania para financiar la producción y distribución de películas — Decisión por la que se declara la ayuda compatible con el mercado interior — Inexistencia de afectación individual — Acto normativo que incluye medidas de ejecución — Inadmisibilidad»
1. Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos reglamentarios — Actos que no incluyen medidas de ejecución y afectan directamente al demandante — Concepto de medidas de ejecución — Criterios — Decisión de la Comisión por la que se declara un régimen de ayudas compatible con el mercado interior — Producción de efectos mediante actos adoptados por las autoridades nacionales — Actos que constituyen medidas de ejecución
(Arts. 263 TFUE, párr. 4, y 267 TFUE)
(véanse los apartados 27 a 30 y 33 a 36)
2. Derechos fundamentales — Derecho a la tutela judicial efectiva — Control de la legalidad de los actos de la Unión — Regulación — Protección de este derecho por el juez de la Unión o por los órgano jurisdiccionales nacionales según la naturaleza jurídica del acto impugnado
(Art. 19 TUE, ap. 1; arts. 263 TFUE, párr. 4, 267 TFUE y 277 TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 47 y 51, ap. 1)(véanse los apartados 38 a 41)
3. Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que las afectan directa e individualmente — Afectación individual — Criterios — Decisión de la Comisión por la que se declara una ayuda estatal compatible con el mercado interior — Recurso de un agente económico que actúa en el mercado en cuestión pero que no justifica una afectación sustancial de su situación en dicho mercado — Inadmisibilidad
3. Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que las afectan directa e individualmente — Afectación individual — Criterios — Decisión de la Comisión por la que se declara una ayuda estatal compatible con el mercado interior — Recurso de un agente económico que actúa en el mercado en cuestión pero que no justifica una afectación sustancial de su situación en dicho mercado — Inadmisibilidad
(Arts. 108 TUE, ap. 2, y 263 TFUE, párr. 4)
(véanse los apartados 52 a 63)
4. Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que las afectan directa e individualmente — Decisión de la Comisión por la que se declara una ayuda estatal compatible con el mercado interior — Recurso de los interesados en el sentido del artículo 108 TFUE, apartado 2 — Admisibilidad — Requisitos — Participación en la fase previa de examen de la ayuda — Condición insuficiente para cuestionar la procedencia de la decisión
(Arts. 108 TFUE, ap. 2, y 263 TFUE, párr. 4)
(véanse los apartados 66 a 68)
Objeto
| Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión (UE) 2016/2042 de la Comisión, de 1 de septiembre de 2016, relativa a la ayuda estatal SA.38418 — 2014/C (ex 2014/N) que Alemania prevé aplicar para financiar la producción y distribución de películas (DO 2016, L 314, p. 63). |
Fallo
1) | | Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
2) | | Decretar el sobreseimiento de las demandas de intervención presentadas por la República Federal de Alemania, la República Francesa, el Reino de los Países Bajos y la Filmförderungsanstalt. |
3) | | Condenar a Netflix International BV y a Netflix, Inc. a cargar con sus propias costas y con las de la Comisión Europea, a excepción de las relativas a las demandas de intervención. |
2) | | Decretar el sobreseimiento de las demandas de intervención presentadas por la República Federal de Alemania, la República Francesa, el Reino de los Países Bajos y la Filmförderungsanstalt. |
3) | | Condenar a Netflix International BV y a Netflix, Inc. a cargar con sus propias costas y con las de la Comisión Europea, a excepción de las relativas a las demandas de intervención. |
4) | | Condenar a Netflix International, Netflix, la Comisión, la República Federal de Alemania, la República Francesa, el Reino de los Países Bajos y la Filmförderungsanstalt a cargar cada uno con sus propias costas en relación con las demandas de intervención. |
3) | | Condenar a Netflix International BV y a Netflix, Inc. a cargar con sus propias costas y con las de la Comisión Europea, a excepción de las relativas a las demandas de intervención. |
4) | | Condenar a Netflix International, Netflix, la Comisión, la República Federal de Alemania, la República Francesa, el Reino de los Países Bajos y la Filmförderungsanstalt a cargar cada uno con sus propias costas en relación con las demandas de intervención. |
4) | | Condenar a Netflix International, Netflix, la Comisión, la República Federal de Alemania, la República Francesa, el Reino de los Países Bajos y la Filmförderungsanstalt a cargar cada uno con sus propias costas en relación con las demandas de intervención. |