Language of document :

Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 26 de mayo de 2003 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Alexandre Tilgenkamp

    (Asunto T-191/03)

    Lengua de procedimiento: francés

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 26 de mayo de 2003 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por Alexandre Tilgenkamp, con domicilio en Overijse (Bélgica), representado por el Sr. Eric Boigelot, abogado.

El demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

(Anule la decisión de la Autoridad Facultada para Proceder a los Nombramientos (AFPN) de 24 de julio de 2002 de publicar la convocatoria para proveer plaza vacante COM/125/02 para el puesto de Director General adjunto de la DG AGRI.

(Anule la decisión de la AFNP de 19 de noviembre de 2002 por la que se nombra a otro candidato para dicha vacante.

(Anule la decisión de la AFNP de 27 de noviembre de 2002 de no seleccionar la candidatura de la demandante para dicho puesto.

(Condene a la Comisión a pagar al demandante, con carácter provisional, la cantidad de un euro a cuenta del importe que se determine posteriormente por el daño moral sufrido, así como una cantidad calculada ex aequo et bono en concepto de indemnización por el daño moral sufrido y por el perjuicio irrogado a su carrera, equivalente a la mitad del importe que se determine finalmente en concepto de perjuicio material.

(En cualquier caso, condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

El demandante en el presente asunto impugna el rechazo de su candidatura para el puesto de Director General adjunto de la DG AGRI (convocatoria COM/125/02) y el nombramiento de otro candidato en ese mismo puesto.

En apoyo de sus pretensiones, el demandante alega la infracción de los artículos 7, 25, párrafo segundo, 27, párrafo tercero, 29, apartado 1, letra a), y 45, apartado 1, del Estatuto así como de las normas de conducta adoptadas el 18 de septiembre de 1999 para el nombramiento en cargos de grado A 1 y A 2; alega asimismo irregularidades en el procedimiento de nombramiento, que hubo desviación de poder, y que no se observaron los principios generales del Derecho como el principio de legalidad (infracción de la convocatoria) o el de protección de la confianza legítima.

En particular, el demandante alega que el nombramiento del candidato que resultó finalmente seleccionado, que ya había sido nombrado anteriormente, estaba decidido desde el principio y que todo se organizó para nombrarlo de nuevo, incluida la publicación de una convocatoria particularmente escueta, despojada de sus elementos esenciales, que fueron precisamente los que llevaron al Tribunal de Primera Instancia a anular el nombramiento anterior del mismo candidato en ese mismo puesto. 1 A su juicio, la existencia de indicios objetivos, pertinentes y coherentes pone de relieve que los actos controvertidos se adoptaron para alcanzar un fin distinto al de ejecutar de buena fe la sentencia de 9 de julio de 2002.

____________

1 - Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 9 de julio de 2002, Tilgenkamp/Comisión (T-158/01, aún no publicada en la Recopilación).