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Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 23 de octubre de 2008 - People's Mojahedin Organization of Iran/Consejo

(Asunto T-256/07) 1

("Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo - Congelación de fondos - Recurso de anulación - Derecho de defensa - Motivación - Control jurisdiccional")

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: People's Mojahedin Organization of Iran (Auvers-sur-Oise, Francia) (representantes: J.-P. Spitzer, abogado, y D. Vaughan, QC)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Bishop y E. Finnegan, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: inicialmente V. Jackson y T. Harris, posteriormente V. Jackson, agentes, asistidas por S. Lee y M. Gray, Barristers); Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: inicialmente S. Boelaert y J. Aquilina, posteriormente S. Boelaert, P. Aalto y P. van Nuffel, agentes); y Reino de los Países Bajos (representantes: M. de Grave e Y. de Vries, agentes)

Objeto

Inicialmente un recurso de anulación de la Decisión 2007/445/CE del Consejo, de 28 de junio de 2007, por la que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo y se derogan las Decisiones 2006/379/CE y 2006/1008/CE (DO L 169, p. 58), en la medida en que afecta a la demandante.

Fallo

Desestimar el recurso por infundado en la medida en que tiene por objeto la anulación de la Decisión 2007/445/CE del Consejo, de 28 de junio de 2007, por la que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo y se derogan las Decisiones 2006/379/CE y 2006/1008/CE.

Anular el artículo 1 de la Decisión 2007/868/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2007, por la que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo y se deroga la Decisión 2007/445, y el punto 2.19 de la lista que figura en el anexo a esta Decisión, en la medida en que afectan a la People's Mojahedin Organization of Iran.

Desestimar el recurso por infundado en la medida en que tiene por objeto la anulación de las otras disposiciones de la Decisión 2007/868, por lo que respecta a la People's Mojahedin Organization of Iran.

Condenar al Consejo a soportar, además de sus propias costas, un tercio de las costas de la People's Mojahedin Organization of Iran.

El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la Comisión y el Reino de los Países Bajos cargarán con sus propias costas.

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1 -

2 - DO C 211, de 8.9.2007.