Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 3 de mayo de 2006 - Eurohypo AG/OAMI
[Marca comunitaria - Marca denominativa EUROHYPO - Motivos de denegación absolutos - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 40/94 - Examen de oficio de los hechos - Artículo 74, apartado 1, del Reglamento nº 40/94 - Admisibilidad de los hechos presentados por primera vez ante el Tribunal de Primera Instancia]
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: Eurohypo AG (Eschborn, Alemania) (representantes: M. Kloth y C. Rohnke, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (representantes: A. von Mühlendahl y J. Weberndörfer, agentes)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI, de 6 de agosto de 2004 (asunto R 829/2002-4), relativa al registro del signo denominativo EUROHYPO como marca comunitaria
Fallo
Desestimar el recurso.
Condenar en costas a la demandante.
____________1 - DO C 45, de 19.2.2005.