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Sentencia del Tribunal General de 28 de enero de 2015 — Evonik Degussa/Comisión

(Asunto T-341/12) 1

(«Competencia — Procedimiento administrativo — Mercado europeo del peróxido de hidrógeno y del perborato — Publicación de una decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 81 CE — Denegación de una solicitud que tiene por objeto obtener el tratamiento confidencial de la información proporcionada a la Comisión en virtud de su Comunicación sobre la cooperación — Obligación de motivación — Confidencialidad — Secreto profesional — Confianza legítima»)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Evonik Degussa GmbH (Essen, Alemania) (representantes: C. Steinle, M. Holm-Hadulla y C. von Köckritz, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: C. Giolito, M. Kellerbauer y G. Meessen, agentes)

Objeto

Recurso de anulación de la Decisión C(2012) 3534 final de la Comisión, de 24 de mayo de 2012, por la que se deniega una solicitud de tratamiento confidencial formulada por Evonik Degussa, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Decisión 2011/695/UE del Presidente de la Comisión, de 13 de octubre de 2011, relativa a la función y el mandato del consejero auditor en determinados procedimientos de competencia (asunto COMP/38.620 — Peróxido de hidrógeno y perborato).

Fallo

Desestimar el recurso.

Condenar a Evonik Degussa GmbH en costas, incluidas las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales.

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1 DO C 311, de 13.10.2012.