Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 10 de julio de 2012 — Clorox/OAMI —
Industrias Alen (CLORALEX)
(Asunto T‑135/11)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa CLORALEX — Marcas nacionales denominativas anteriores CLOROX — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los signos — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009»
1. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Criterios [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 17, 22 y 44)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Nivel de atención del público [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 19)
3. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marcas denominativas CLORALEX y CLOROX [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 20, 43 y 46)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recuso de la OAMI de 16 de diciembre de 2010 (asunto R 521/2009-4) relativa a un procedimiento de oposición entre The Clorox Company e Industrias Alen, S.A. de C.V. |
Fallo
1) | | Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 16 de diciembre de 2010 (asunto R 521/2009‑4). |
2) | | La OAMI cargará con sus propias costas y con las costas en que haya incurrido The Clorox Company. |
3) | | Industrias Alen, S.A. de C.V., cargará con sus propias costas. |