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Recurso interpuesto el 20 de noviembre de 2008 - Toqueville/OAMI - Schiesaro (TOCQUEVILLE 13)

(Asunto T-510/08)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano

Partes

Demandante: Tocqueville Srl (Milán, Italia) (representantes: S. Bariatti, abogado, I. Palombella, abogado, E. Cucchiara, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Marco Schiesaro (Milán, Italia)

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI, de 26 de agosto de 2008, en el procedimiento R 829/2008-2 Toqueville Srl contra M. Schiesaro.

Que se condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad: Marca denominativa "TOCQUEVILLE 13" (marca comunitaria nº 1.406.982), para productos y servicios incluidos en las clases 25, 41 y 42

Titular de la marca comunitaria: La demandante

Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: Marco Schiesaro

Resolución impugnada ante la Sala de Recurso: Resolución de la División de Anulación de estimar la pretensión de caducidad parcial de la marca en cuestión

Resolución de la Sala de Recurso: Declarar la inadmisibilidad del recurso y denegar la petición de restitutio in integrum relativa al plazo para interponer recurso contra la resolución de la División de Anulación

Motivos invocados: Infracción de los artículos 73 y 78 del Reglamento (CE) nº 40/94, sobre la marca comunitaria, así como de los artículos 2 y 9 del Reglamento CE) nº 2869/95, relativo a las tasas que se han de abonar a la Oficina de Armonización del Mercado Interior, y del artículo 50 del Reglamento (CE) nº 2868/95, por el que se establecen normas de ejecución del Reglamento (CE) nº 40/94.

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