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Recurso interpuesto el 19 de junio de 2006 - Estancia Piedra/OAMI - Franciscan Vineyards (ESTANCIA PIEDRA)

(Asunto T-160/06)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: Estancia Piedra SL (Toro, Zamora) (representada por: B. Cordery, Solicitor)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Franciscan Vineyards Inc. (St. Helena, USA)

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) de 28 de marzo de 2006 (asunto R 361/2005-2).

Que se condene en costas a la OAMI.

Motivos y principales alegaciones

Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad: la marca gráfica "ESTANCIA PIEDRA" para productos comprendidos en la clase 33 (bebidas alcohólicas) marca comunitaria nº 1 894 831

Titular de la marca comunitaria: La demandante

Parte que solicita la nulidad de la marca comunitaria: Franciscan Vineyards Inc.

Marca o signo de la solicitante de la nulidad: La marca denominativa comunitaria "ESTANCIA" para los productos comprendidos en las clases 29, 30 y 33 (carne pescado, café, té, bebidas...)

Resolución de la División de Anulación: Declaración de la nulidad de la marca comunitaria

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso

Motivos invocados: En primer lugar, infracción del artículo 8, apartado 1, letra b) del Reglamento nº 40/94 del Consejo, en la medida en que se había afirmado que existía un riesgo de confusión entre la marca anterior y "ESTANCIA PIEDRA". En segundo lugar, incumplimiento de los requisitos procesales, en la medida en que la Sala de Recurso aceptó, en opinión de la demandante, una autorización nula y posteriormente archivada de Franciscan Vineyards para sus representantes y amplió de una forma contraria a Derecho el plazo límite para que Franciscan Vineyards archivara la autorización.

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