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Auto del Tribunal General de 22 de diciembre de 2009 - Associazione Giùlemanidallajuve/Comisión

(Asunto T-254/08) 1

(Supuestas infracciones de los artículos 81CE y 82 CE - Denuncia - Recurso por omisión - Definición de postura de la Comisión que pone fin a la omisión - Sobreseimiento)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Associazione Giùlemanidallajuve (Cerignola, Italia) (representantes: L. Misson, A. Kettels, G. Ernes y A. Pel, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representante: A. Bouquet, agente)

Objeto

Recurso que tiene por objeto que se declare, con arreglo al artículo 232 CE, que la Comisión se abstuvo ilegalmente de definir su posición sobre la denuncia de la demandante, relativa a supuestas infracciones de los artículos 81 CE y 82 CE cometidas por la Federazione Italiana Giuoco Calcio (FIGC), el Comitato Olimpico Nazionale Italiano (CONI), la Unión Europea de Asociaciones de Fútbol (UEFA) y la Fédération internationale de Football Association (FIFA).

Fallo

Sobreseer el presente recurso.

La Associazione Giùlemanidallajuve y la Comisión Europea cargarán con sus propias costas.

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1 - DO C 223, de 30.8.2008.