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Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesarbeitsgericht (Alemania) el 26 de febrero de 2021 — LB / TO

(Asunto C-120/21)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesarbeitsgericht

Partes en el procedimiento principal

Recurrente en casación: LB

Recurrida en casación: TO

Cuestión prejudicial

¿Se oponen el artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, 1 y el artículo 31, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea a la aplicación de una norma nacional como el artículo 194, apartado 1, del Bürgerliches Gesetzbuch (Código civil alemán; en lo sucesivo, «BGB»), en relación con el artículo 195 de este, con arreglo a la cual el derecho a vacaciones anuales retribuidas se somete a un plazo ordinario de prescripción de tres años que, dentro de las condiciones establecidas en el artículo 199, apartado 1, del BGB, comienza a correr al concluir el año de devengo, si el empresario no ha posibilitado efectivamente al trabajador ejercer su derecho a vacaciones mediante los correspondientes requerimientos y advertencias?

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1 DO 2003, L 299, p. 9.