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Auto del Tribunal General de 12 de julio de 2021 — Ryanair y Laudamotion/Comisión

(Asunto T-866/19) 1

[«Recurso de anulación — Transporte aéreo — Reglamento (CE) n.º 1008/2008 — Normas de distribución del tráfico aéreo entre los aeropuertos de Schiphol y de Lelystad — Prioridad en la asignación de las franjas horarias al aeropuerto de Lelystad — Acto reglamentario que incluye medidas de ejecución — Inexistencia de afectación individual — Inadmisibilidad»]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Ryanair DAC (Swords, Irlanda), Laudamotion GmbH (Schwechat, Austria) (representantes: E. Vahida e I.-G. Metaxas-Maranghidis, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: V. Di Bucci y W. Mölls, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1585 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2019, sobre el establecimiento de normas de distribución del tráfico de conformidad con el artículo 19 del Reglamento (CE) n.º 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo para los aeropuertos de Ámsterdam Schiphol y Ámsterdam Lelystad (DO 2019, L 246, p. 24).

Fallo

Desestimar el recurso.

Sobreseer la demanda de intervención del Reino de los Países Bajos.

Ryanair DAC y Laudamotion GmbH cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

El Reino de los Países Bajos cargará con sus costas relativas a la demanda de intervención.

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1     DO C 68 de 2.3.2020.