Language of document : ECLI:EU:T:2012:48





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 2 de febrero de 2012 —
Denki Kagaku Kogyo y Denka Chemicals/Comisión

(Asunto T‑83/08)

«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado del caucho de cloropreno — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 81 CE y del artículo 53 del Acuerdo EEE — Fijación de los precios — Reparto del mercado — Prueba de la participación en la práctica colusoria — Prueba del distanciamiento de la práctica colusoria — Duración de la infracción — Derecho de defensa — Acceso al expediente — Directrices para el cálculo de las multas — Irretroactividad — Confianza legítima — Principio de proporcionalidad — Circunstancias atenuantes»

1.                     Competencia — Prácticas colusorias — Perjuicio para la competencia — Criterios de apreciación — Objeto contrario a la competencia — Comprobación suficiente (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 51 y 181)

2.                     Competencia — Prácticas colusorias — Participación de una empresa en una iniciativa contraria a la competencia — Aprobación tácita de la empresa, sin distanciarse públicamente de dicha iniciativa ni denunciarla a las autoridades competentes, que es suficiente para generar su responsabilidad (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 52, 53, 61, 62, 64 y 184)

3.                     Competencia — Prácticas colusorias — Prueba — Grado de precisión exigido a los elementos de prueba utilizados por la Comisión (Art. 81 CE, ap. 1) (véase el apartado 54)

4.                     Competencia — Prácticas colusorias — Práctica concertada — Concepto — Incompatibilidad de la coordinación y cooperación con el deber de cada empresa de determinar de manera autónoma su comportamiento en el mercado — Recepción por una empresa de informaciones procedentes de un competidor sobre el comportamiento futuro de éste en el mercado (Art. 81 CE, ap. 1) (véase el apartado 67)

5.                     Procedimiento — Plazo para la proposición de prueba — Artículo 48, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General — Ámbito de aplicación (Reglamento de Procedimiento del Tribunal, arts. 48, ap. 1, y 66, ap. 2) (véase el apartado 69)

6.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Respeto del derecho de defensa — Acceso al expediente — Alcance — Negativa a transmitir un documento — Consecuencias — Necesidad de distinguir entre las pruebas de cargo y de descargo en el ámbito de la carga de la prueba que incumbe a la empresa afectada [Art. 81 CE, ap. 1; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 27, ap. 2] (véanse los apartados 82 a 84)

7.                     Derecho comunitario — Principios — Irretroactividad de las disposiciones penales — Ámbito de aplicación — Multas impuestas por infracción de las normas sobre la competencia — Inclusión — Violación eventual en caso de aplicación a una infracción anterior a la aprobación de las Directrices para el cálculo de las multas — Previsibilidad de las modificaciones introducidas por las Directrices — Inexistencia de infracción [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, aps. 2 y 3; Comunicaciones 98/C 9/03 y 2006/C 210/02 de la Comisión] (véanse los apartados 115 a 124)

8.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Directrices para el cálculo de las multas impuestas por infracción de las normas sobre la competencia — Obligación de aplicar la lex mitior — Inexistencia [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2] (véase el apartado 126)

9.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Volumen de negocios tomado en consideración — Año de referencia — Último año completo de la infracción [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2; Comunicación 2006/C 210/02 de la Comisión] (véanse los apartados 134 y 135)

10.                     Competencia — Prácticas colusorias — Práctica concertada — Prueba de la infracción — Carga de la prueba (Art. 81 CE, ap. 1) (véanse los apartados 173 a 178)

11.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción — Utilización, como medios probatorios, de declaraciones de otras empresas que hayan participado en la infracción — Procedencia — Requisitos (Arts. 81 CE y 82 CE) (véase el apartado 179)

12.                     Competencia — Prácticas colusorias — Acuerdos y prácticas concertadas que constituyen una infracción única — Empresas a las que puede reprocharse la infracción que consiste en participar en una práctica colusoria global — Criterios (Art. 81 CE, ap. 1) (véase el apartado 180)

13.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Gravedad de la infracción — Circunstancias atenuantes — Apreciación global [Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo; Comunicación 2006/C 210/02 de la Comisión] (véanse los apartados 237 a 239 y 242 a 256)

Objeto

Con carácter principal, pretensión de anulación de la Decisión C(2007) 5910 final de la Comisión, de 5 de diciembre de 2007, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 81 [CE] y con el artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto COMP/38.629 — Caucho de cloropreno), en la medida en que afecta a las demandantes, y, con carácter subsidiario, pretensión de reducción de la cuantía de la multa impuesta solidariamente a las demandantes mediante dicha Decisión.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Denki Kagaku Kogyo Kabushiki Kaisha y a Denka Chemicals GmbH.