Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 9 de julio de 2014 — Pågen Trademark/OAMI (gifflar)
(Asunto T‑520/12)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria figurativa gifflar — Motivos de denegación absolutos — Carácter descriptivo — Falta de carácter distintivo — Falta de carácter distintivo adquirido como consecuencia del uso — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), y apartado 3, del Reglamento (CE) nº 207/2009»
1. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Objetivo — Imperativo de disponibilidad [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 15)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Concepto [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 16 y 17)
3. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto — Marca figurativa gifflar [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 19, 20, 29 y 30)
4. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Excepción — Adquisición del carácter distintivo como consecuencia del uso — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 3] (véanse los apartados 34 a 39, 42 y 43)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 18 de septiembre de 2012 (asunto R 46/2012‑4) relativa a una solicitud de registro de la marca figurativa gifflar como marca comunitaria. |
Fallo
2) | | Condenar en costas a Pågen Trademark AB. |