Recurso interpuesto el 18 de septiembre de 2010 - Dosenbach-Ochsner/OAMI - Sisma (Representación de un rectángulo con elefantes)
(Asunto T-424/10)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán
Partes
Demandante: Dosenbach-Ochsner AG Schuhe und Sport (Dietikon, Suiza) (representante: O. Rauscher, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Sisma SpA (Mantua, Italia)
Pretensiones de la parte demandante
Que se anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 15 de julio de 2010, en el asunto R 1638/2008-4.
Que se condene en costas a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos).
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad: Marca figurativa que representa un rectángulo con elefantes, para productos de las clases 10, 16, 21, 24 y 25
Titular de la marca comunitaria: SISMA S.p.A.
Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: La demandante
Marcas del solicitante de la nulidad invocadas en el procedimiento de nulidad: marcas figurativas internacional y nacional, que representan un elefante, y la marca nacional denominativa "elefanten" para productos y servicios de las clases 24 y 25
Resolución de la División de Anulación: Desestimación de la solicitud de declaración de nulidad
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados: Infracción del artículo 53, apartado 1, letra a), en relación con el artículo 8, apartados 1, letra b), y 2, letra a), del Reglamento (CE) nº 207/2009,
1 por cuanto las marcas en conflicto son similares desde el punto de vista conceptual, gráfico y fonético y la demandante alegó expresamente que sus marcas, como consecuencia de un uso intensivo o de su renombre, habían adquirido mayor carácter distintivo.
____________1 - Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1).