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Sentencia del Tribunal General de 18 de junio de 2013 – Portugal/Comisión Europea

(Asunto T-509/09) 1

(«Pesca – Participación financiera en la aplicación de los regímenes de control y vigilancia – Decisión de no reembolsar los gastos efectuados con motivo de la adquisición de dos buques patrulla oceánicos – Artículo 296 CE – Directiva 93/36/CEE – Confianza legítima – Obligación de motivación»)

Lengua de procedimiento: portugués

Partes

Demandante: República Portuguesa (representantes: inicialmente L. Inez Fernandes, A. Trindade Mimoso y A. Miranda Boavida, posteriormente I. Inez Fernandes, H. Leit y V. Coelho, agentes)

Demandada: Comisión Europea (representantes: A. Bouquet y M. Afonso, agentes)

Objeto

Recurso de anulación de la decisión de la Comisión de 14 de octubre de 2009, por la que se declara que no pueden optar a una ayuda financiera de la Unión Europea, en virtud de la Decisión 2002/978/CE de la Comisión, de 10 de diciembre de 2002, sobre la subvencionabilidad de los gastos destinados a contribuir a ciertas acciones previstas por algunos Estados miembros en 2002 en relación con la aplicación de los regímenes de control, inspección y vigilancia en el ámbito de la política pesquera común (DO L 338, p. 33), los gastos vinculados a la adquisición de dos buques patrulla oceánicos, parcialmente destinados al control y a la vigilancia de la pesca.

Fallo

1)    Desestimar el recurso.

Condenar en costas a la República Portuguesa.

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1 DO C 80, de 27.3.2010.