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Recurso interpuesto el 22 de febrero de 2010 - Regione Puglia/Comisión

(Asunto T-84/10)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Regione Puglia (Bari, Italia) (representantes: F. Brunelli y A. Aloia, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la Decisión impugnada.

Que se condene a la parte demandada al pago de las costas y honorarios así como al reembolso global de los gastos generales.

Motivos y principales alegaciones

El presente recurso tiene por objeto la anulación de la Decisión de la Comisión Europea nº C(2009) 10350, de 22 de diciembre de 2009, confirmándose únicamente la previsión contenida en el artículo 4, relativa a la supresión de una parte de la participación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) destinada al programa operativo POR Puglia Objetivo 1 2000 - 2006.

Dicha medida se solicita en virtud de objeciones precisas alegadas por la Regione Puglia respecto de la corrección y el fundamento de las imputaciones realizadas por la Comisión contra dicha Regione, así como a la ilegalidad y al carácter erróneo de los métodos empleados por la Comisión para valorar los resultados de las auditorías operadas en 2007 y en 2009.

En particular, la Regione Puglia considera que la Decisión se asumió basándose en el hecho de que:

Las verificaciones dirigidas por los agentes comunitarios, empleadas como fundamento de la Decisión, no se llevaron a cabo de manera apropiada y puntual.

Las conclusiones a las que llegaron dichos agentes, para cada eje y para cada medida, respecto de todas las verificaciones realizadas, no encontraron correspondencia ni apoyo en la documentación examinada y aportada y, en algunos casos, fueron aprobadas sin la preceptiva valoración de la normativa del sector.

En todo caso, desde un punto de vista metodológico, las valoraciones realizadas no son idóneas para confirmar y sostener las conclusiones de la Comisión que, además, resultan apodícticas, en la medida en que no fueron motivadas y/o probadas adecuadamente.

Asimismo, la Comisión no tomó en absoluto en consideración:

Los diferentes resultados de las auditorías realizadas por el Tribunal de Cuentas Europeo y por el Ministero dell'Economia e delle Finanze de la República Italiana.

Las observaciones y las protestas formuladas, caso por caso, de manera circunstanciada, documentada y puntual, por la Regione en respuesta a las imputaciones articuladas y a las solicitudes realizadas por la propia Comisión y, además,

La Comisión incumplió el deber de cooperación que debe presidir las relaciones entre la misma y el beneficiario de la ayuda económica, asumiendo determinaciones y formulando juicios antes de haber recibido y examinado las respuestas y las aclaraciones que solicitó a la Regione Puglia.

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