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Recurso interpuesto el 20 de febrero de 2013 - Synergy Hellas/Comisión

(Asunto T-106/13)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: d.d. Synergy Hellas Anonymi Emporiki Etaireia Parochis Ypiresion Pliroforikis (Atenas, Grecia) (representantes: M. Angelopoulos y K. Damis, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare que la Comisión Europea incumplió sus obligaciones contractuales en el marco del principio de proporcionalidad y de la confianza legítima al excluir a la demandante del programa ARTreat y obligue a la Comisión a abonar a la demandante la cantidad de trescientos cuarenta y tres mil ochocientos veintiocho euros con ochenta y ocho céntimos (343.828,88), por los pagos debidos por la Comisión Europea en relación con la obra ARTreat, junto con los intereses a partir de la presentación de la presente.

Obligue a la Comisión Europea a abonar a la demandante la cantidad de ochenta y nueve mil novecientos treinta y tres euros (89.933,16 EUR), en concepto de indemnización por el perjuicio económico y el menoscabo de su reputación profesional que sufrió la demandante, debido al abuso de autoridad e infracción del secreto profesional, junto con intereses compensatorios a partir del 14 de junio de 2012 hasta que se dicte la sentencia en el presente asunto y con intereses de demora desde que se dicte la sentencia en el presente litigio hasta el pago completo.

Condene a la Comisión Europea al pago de las costas procesales de la demandante.

Motivos y principales alegaciones

En su recurso, la parte demandante formula dos pretensiones.

Primera pretensión, basada en la responsabilidad de la Comisión en virtud del contrato FP7-224297 para la ejecución de la obra "Multi-level patient - specific artery and artherogenesis model for outcome prediction, decisión support treatment, and vitual hand-on training (ARTreat)", de conformidad con el artículo 272 TFUE. En particular, la demandante sostiene que, pese a haber ejecutado por completo y debidamente sus obligaciones contractuales, la Comisión, sin estar facultada para ello y en incumplimiento de las obligaciones reseñadas y en vulneración de los principios de confianza legítima y de proporcionalidad, suspendió el pago a aquélla.

Segunda pretensión, basada en la responsabilidad extracontractual de la Comisión, en virtud del artículo 340 TFUE, párrafo segundo. En particular, la demandante sostiene que la Comisión, debido a su conducta contraria a Derecho, menoscabó la reputación profesional de la demandante.

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