Sentencia del Tribunal General (Sala Octava)
de 5 de febrero de 2015 — Red Bull/OAMI —
Sun Mark (BULLDOG)
(Asunto T‑78/13)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa BULLDOG — Marcas internacionales y nacionales denominativas anteriores BULL y RED BULL — Motivos de denegación relativos — Riesgo de confusión — Identidad de los productos — Similitud entre los signos — Concepto de similitud conceptual — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009 — Artículo 8, apartado 5, del Reglamento nº 207/2009»
1. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 21, 22 y 56)
2. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marca denominativa BULLDOG — Marcas denominativas BULL y RED BULL [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 24, 54, 60 y 61)
3. Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) nº 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 27, 28 y 33)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 16 de noviembre de 2012 (asunto R 107/2012-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Red Bull GmbH y Sun Mark Ltd. |
Fallo
1) | | Anular la resolución de la Sala Segunda de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 16 de noviembre de 2012 (asunto R 107/2012-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Red Bull GmbH y Sun Mark Ltd. |
2) | | Declarar la inadmisibilidad de las pretensiones de Red Bull de que se condene a Sun Mark a cargar con las costas. |
3) | | Condenar en costas a la OAMI. |