Comunicación al DO
Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 21 de septiembre de 2005 - Kadi/Consejo y Comisión
("Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas contra las personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes - Competencia de la Comunidad - Congelación de fondos - Derechos fundamentales - Ius cogens - Control jurisdiccional - Recurso de anulación")
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandantes: Yassin Abdullah Kadi (Jiddah, Arabia Saudí) (representantes: D. Pannick, QC, P. Saini, Barrister, G. Martín y A. Tudor, Solicitors)
Demandadas: Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Vitsentzatos y M. Bishop, agentes) y Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: A. Van Solinge y C. Brown, agentes)
Partes coadyuvantes en apoyo de las demandadas: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: inicialmente J.E. Collins y después R. Caudwell, agentes, esta última asistida por S. Moore, Barrister)
Objeto
Inicialmente, una pretensión de anulación, por una parte, del Reglamento (CE) nº 467/2001 del Consejo, de 6 de marzo de 2001, por el que se prohíbe la exportación de determinadas mercancías y servicios a Afganistán, se refuerza la prohibición de vuelos y se amplía la congelación de capitales y otros recursos financieros de los talibanes de Afganistán, y se deroga el Reglamento (CE) nº 337/2000 del Consejo (DO L 67, p. 1), y, por otra, del Reglamento (CE) nº 2062/2001 de la Comisión, de 19 de octubre de 2001, que modifica por tercera vez el Reglamento nº 467/2001 (DO L 277, p. 25), y, posteriormente, una pretensión de anulación del Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento nº 467/2001 (DO L 139, p. 9), en la medida en que dichos actos afecten al demandante
Fallo
Sobreseer el asunto en lo que respecta a la pretensión de anulación parcial del Reglamento (CE) nº 467/2001 del Consejo, de 6 de marzo de 2001, por el que se prohíbe la exportación de determinadas mercancías y servicios a Afganistán, se refuerza la prohibición de vuelos y se amplía la congelación de capitales y otros recursos financieros de los talibanes de Afganistán y se deroga el Reglamento (CE) nº 337/2000 del Consejo, y del Reglamento (CE) nº 2062/2001 de la Comisión, de 19 de octubre de 2001, que modifica por tercera vez el Reglamento nº 467/2001.
Desestimar el recurso en la medida en que impugna el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento nº 467/2001.
Condenar al demandante a soportar, además de sus propias costas, las costas del Consejo, así como las costas en que incurrió la Comisión hasta el 1 de julio de 2002.
El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la Comisión, esta última por lo que respecta al periodo posterior al 1 de julio de 2002, soportarán sus propias costas.
____________1 - 2 - DO C 56, de 2.3.2002.