Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 11 de junio de 2015 — McCullough/Cedefop
(Asunto T‑496/13)
«Acceso a los documentos — Reglamento (CE) nº 1049/2001 — Documentos relativos a la adjudicación de contratos públicos y a la celebración de los contratos dimanantes de los mismos — Pretensión de que se presenten los documentos en un procedimiento penal — Denegación de acceso — Excepción relativa a la protección de la intimidad y la integridad de la persona — Excepción relativa a la protección del proceso de toma de decisiones»
1. Recurso de anulación — Competencia del juez de la Unión — Pretensiones que tienen por objeto obtener una orden conminatoria dirigida a una institución — Inadmisibilidad — Violación del derecho a una tutela judicial efectiva — Inexistencia (Arts. 6 TUE, ap. 1, párr. 3, y 19 TUE, ap. 1; arts. 263 TFUE, párr. 4, 264 TFUE, 267 TFUE y 277 TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 47 y 52, ap. 7) (véanse los apartados 16 y 18 a 22)
2. Recurso de anulación — Sentencia anulatoria — Efectos — Obligación de adoptar medidas de ejecución — Alcance (Arts. 263 TFUE, 265 TFUE y 266 TFUE) (véanse los apartados 23 y 27)
3. Recurso de anulación — Competencia del juez de la Unión — Examen de la legalidad del procedimiento penal tramitado ante los tribunales de un Estado miembro — Inexistencia (Arts. 256 TFUE y 263 TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 48, ap. 2) (véase el apartado 26)
4. Privilegios e inmunidades de la Unión Europea — Petición de autorización para practicar un embargo de bienes en poder de una institución por deuda de tercero — Necesidad de la autorización del Tribunal de Justicia — Petición de que se permita a terceros el acceso a los locales y edificios de que se trate — Inadmisibilidad (Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas, art. 1) (véanse los apartados 31 a 33)
5. Instituciones de la Unión Europea — Derecho de acceso del público a los documentos — Reglamento (CE) nº 1049/2001 — Objeto — Excepciones al derecho de acceso a los documentos — Interpretación y aplicación estrictas — Obligación de motivación — Alcance [Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, considerandos 4 y 11 y arts. 1 y 4] (véanse los apartados 36 a 40 y 82)
6. Instituciones de la Unión Europea — Derecho de acceso del público a los documentos — Reglamento (CE) nº 1049/2001 — Excepciones al derecho de acceso a los documentos — Protección de la intimidad y la integridad de la persona — Alcance — Obligación de apreciar la cuestión de conformidad con la legislación de la Unión sobre protección de datos personales — Aplicabilidad íntegra de lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 45/2001 a toda solicitud de acceso a documentos que incluyan datos personales [Reglamento (CE) nº 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, y Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 4, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 41 a 44)
7. Instituciones de la Unión Europea — Derecho de acceso del público a los documentos — Reglamento (CE) nº 1049/2001 — Denegación de acceso a un documento alegando que no existe o que no obra en poder de la institución correspondiente — Presunción de inexistencia basada en la afirmación realizada en este sentido por la institución correspondiente — Presunción simple iuris tantum basada en indicios relevantes y concluyentes [Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts. 2, ap. 3, y 4] (véanse los apartados 49 y 50)
8. Instituciones de la Unión Europea — Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales — Reglamento (CE) nº 45/2001 — Concepto de datos personales — Acta de una reunión que incluye los nombres de los participantes — Inclusión — Solicitud de acceso al acta con arreglo al Reglamento (CE) nº 1049/2001 — Obligación que tiene el solicitante de demostrar la necesidad de la transmisión de los datos personales controvertidos [Reglamento (CE) nº 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts. 5 y 8, letras a) y b), y Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 4, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 66 a 68)
9. Procedimiento judicial — Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso — Requisitos — Motivo basado en elementos que han aparecido durante el procedimiento (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 48, ap. 2) (véase el apartado 76)
10. Instituciones de la Unión Europea — Derecho de acceso del público a los documentos — Reglamento (CE) nº 1049/2001 — Excepciones al derecho de acceso a los documentos — Protección de la intimidad y la integridad de la persona — Obligación de la institución de efectuar un examen concreto e individual de los documentos — Obligación de motivación — Alcance — Posibilidad de basarse en presunciones generales que se apliquen a determinadas clases de documentos — Límites [Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 4, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 83, 84, 86, 88, 90 y 91)
11. Instituciones de la Unión Europea — Derecho de acceso del público a los documentos — Reglamento (CE) nº 1049/2001 — Excepciones al derecho de acceso a los documentos — Protección del proceso de toma de decisiones — Protección de los documentos elaborados en el marco de un procedimiento que ya ha finalizado — Denegación de acceso — Obligación de motivación — Alcance [Reglamento (CE) nº 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 4, ap. 3, párr. 2] (véanse los apartados 99 a 102, 107, 109, 111 y 112)
Objeto
| Pretensión de que se anule la decisión del Cedefop de 15 de julio de 2013 por la que se deniega el acceso a las actas de su Consejo de Dirección, a las de su Mesa y a las del grupo director «Knowledge Management System» redactadas para el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2005, pretensión de que se ordene al Cedefop facilitar los documentos solicitados y pretensión de que se autorice, en virtud del artículo 16 del Reglamento (CEE) nº 337/75 del Consejo, de 10 de febrero de 1975, por el que se crea un Centro europeo para el desarrollo de la formación profesional (DO L 39, p. 1; EE 05/02, p. 48), y del artículo 1 del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea, a las autoridades nacionales griegas a violar los locales y edificios del Cedefop, de conformidad con las leyes griegas aplicables, investigar, indagar y confiscar en dichos locales y edificios para hacerse con los documentos solicitados e investigar sobre eventuales infracciones. |
Fallo
1) | | Anular la decisión del Centro europeo para el desarrollo de la formación profesional (Cedefop), de 15 de julio de 2013, por la que se deniega el acceso a las actas de su Consejo de Dirección, a las de su Mesa y a las del grupo director «Knowledge Management System» redactadas para el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2005, en la medida en que en la misma se deniega el acceso a las actas del Consejo de Dirección y de la Mesa, salvo en lo relativo al acceso a los nombres de sus miembros. |
2) | | Desestimar el recurso en lo demás. |
3) | | Condenar al Cedefop a cargar con sus propias costas y tres cuartas partes de las costas del Sr. Colin Boyd McCullough. |
4) | | Condenar al Sr. McCullough a cargar con una cuarta parte de sus propias costas. |