Auto del Tribunal General de 3 de diciembre de 2013 – Pri/OAMI – Belgravia Investment Group (PRONOKAL)
(Asunto T-159/12) 1
(«Archivo – Pretensiones formuladas al desistir de la demanda – Inadmisibilidad»)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Pri SA (Clémency, Luxemburgo) (representantes: C. Marí Aguilar y F. Márquez Martín, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: V. Melgar, agente)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI, coadyuvante ante el Tribunal General: Belgravia Investment Group Ltd (Tortola, Islas Vírgenes Británicas) (representante : J. Bouyssou, abogado)
Objeto
Por una parte, un recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 20 de diciembre de 2011 (asunto R 311/2011-2) relativa a un procedimiento de oposición entre Pri SA y Belgravia Investment Group Ltd, y, por otra parte, una pretensión de desestimación de la solicitud de registro de la marca solicitada para todos los productos a los que se refiere la oposición.
Fallo
Acordar el archivo del asunto T-159/12.
Declarar la inadmisibilidad de las pretensiones de Pri SA, contenidas en el escrito presentado en la Secretaría del Tribunal el 13 de septiembre de 2013, relativas, en primer lugar, a que el Tribunal declare la retirada de la oposición, en segundo lugar, a que revoque la resolución de la División de Oposición, de 7 de diciembre de 2010, en la medida en que desestima parcialmente la oposición, y, en tercer lugar, a que ordene la inscripción de la «concesión total» de la marca PRONOKAL.
Condenar a Pri SA a cargar con sus propias costas y con las de la OAMI.
Condenar a Belgravia Investment Group Ltd a cargar con sus propias costas.
________________________1 DO C 194, de 30.6.2012.