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Recurso interpuesto el 22 de junio de 2006 - Bakema/Comisión

(Asunto F-68/06)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Reint Jacob Bakema (Zuidlaren, Países Bajos) (representante: L. Rijpkema, abogado)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la Decisión de la autoridad competente para celebrar los contratos (ACCC), de 22 de marzo de 2006.

Que se ordene a la ACCC a contratar al demandante en el grupo de funciones IV, grado 16.

Que se declare que procede indemnizar debidamente al demandante.

Motivos y principales alegaciones

El demandante, antiguo miembro del denominado personal local de asistencia técnica (ALAT), fue contratado como agente contractual y clasificado en el grupo de funciones IV, grado 14.

En su recurso, el demandante alega que la demandada aplicó indebidamente la legislación pertinente, en particular, el artículo 82, apartado 2, letra c), del Régimen aplicable a los otros agentes de las Comunidades (RAA) y el artículo 2 de las Disposiciones generales de ejecución (DGE) 49-2004. El demandante sostiene que la demandada interpretó de forma errónea y arbitraria el término "diploma" (nivel de estudios) establecido en estos artículos. Al calcular la experiencia profesional del demandante, la demandada tendría que haber tenido en cuenta todas las actividades que el demandante realizó después de haber obtenido su "kandidaatsdiploma".

Asimismo, el demandante alega que, aunque fue miembro del ALAT antes de ser contratado como agente contractual, procede aplicarle el principio establecido en el artículo 86 del RAA. Según este principio, cuando un agente cambie de puesto de trabajo dentro de un mismo grupo de funciones, no podrá ser clasificado en un grado o en un escalón inferiores a los de su anterior puesto.

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