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Sentencia del Tribunal General de 7 de noviembre de 2019 — ADDE/Parlamento

(Asunto T-48/17) 1

[«Derecho institucional — Parlamento Europeo — Decisión que declara no subvencionables determinados gastos de un partido político a efectos de una subvención con respecto a 2015 — Decisión que concede una subvención con respecto a 2017 y establece la prefinanciación sobre la base del 33 % del importe máximo de la subvención y la obligación de constituir garantía bancaria — Obligación de imparcialidad — Derecho de defensa — Reglamento financiero — Normas de desarrollo del Reglamento financiero — Reglamento (CE) n.º 2004/2003 — Proporcionalidad — Igualdad de trato»]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Alliance for Direct Democracy in Europe ASBL (ADDE) (Bruselas, Bélgica) (representantes: inicialmente L. Defalque y L. Ruessmann, posteriormente M. Modrikanen y finalmente Y. Rimokh, abogados)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: C. Burgos y S. Alves, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE, por el que se solicita la anulación, por una parte, de la decisión del Parlamento de 21 de noviembre de 2016 que declara que determinados gastos no pueden optar a una subvención con respecto a 2015 y, por otra, de la Decisión FINS-2017-13 del Parlamento, de 12 de diciembre de 2016, relativa a la concesión de una subvención a la demandante con respecto a 2017, en la medida en que esta Decisión limita la prefinanciación al 33 % del importe máximo de la subvención y la condiciona a la constitución de garantía bancaria.

Fallo

Anular la decisión del Parlamento de 21 de noviembre de 2016 que declara que determinados gastos no pueden optar a una subvención con respecto al ejercicio económico de 2015.

Desestimar la pretensión de anulación de la Decisión FINS-2017-13 del Parlamento, de 12 de diciembre de 2016, relativa a la concesión de una subvención a la demandante con respecto al ejercicio económico de 2017.

Alliance for Direct Democracy in Europe ASBL y el Parlamento Europeo cargarán con sus propias costas, incluidas las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales.

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1 DO C 78 de 13.3.2017.