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Sentencia del Tribunal General de 17 de abril de 2024 — Cogebi y Cogebi/Consejo

(Asunto T-782/22) 1

Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania — Prohibición de comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, dentro de la Unión, bienes que generen ingresos significativos para Rusia enumerados en el anexo XXI del Reglamento (UE) n.º 833/2014 — Artículos de mica — Recurso de anulación — Acto reglamentario desprovisto de medidas de ejecución que afecten directamente a la situación jurídica de los importadores — Admisibilidad — Obligación de motivación — Derecho a ser oído — Derecho de acceso al expediente — Libertad de empresa — Proporcionalidad»]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Cogebi (Bruselas, Bélgica), Cogebi, a.s. (Tábor, República Checa) (representante: H. over de Linden, abogada)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Bishop y E. Nadbath, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: República de Estonia (representante: M. Kriisa, agente), Comisión Europea (representantes: J.-F. Brakeland, M. Carpus Carcea y L. Puccio, agentes)

Objeto

Mediante su demanda, basada en el artículo 263 TFUE, las demandantes solicitan la anulación del artículo 3 decies del Reglamento n.º 833/2014 del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO 2014. L 229, p. 1), en su versión modificada por el Reglamento (UE) 2022/1904 del Consejo, de 6 de octubre de 2022 (DO 2022, L 259 I, p. 3), en la medida en que el Reglamento (UE) 2022/1904 introduce el código NC 6814 (Mica trabajada y manufacturas de mica) en la lista de productos que generan ingresos significativos para la Federación de Rusia enumerados en el anexo XXI del Reglamento n.º 833/2014 y cuya compra, importación o transferencia, directa o indirecta, dentro de la Unión Europea están prohibidos con arreglo al artículo 3 decies del citado Reglamento.

Fallo

Desestimar el recurso.

Cogebi y Cogebi, a.s. cargarán con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea, incluidas las relativas al procedimiento de medidas provisionales.

La Comisión Europea y la República de Estonia cargarán con sus propias costas.

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1 DO C 35 de 30.1.2023.