Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Séptima) de 23 de octubre de 2008 — Adobe/OAMI (FLEX)
(Asunto T‑158/06)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria denominativa FLEX — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) nº 40/94»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto [Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 45, 47, 48, 56 y 57)
Objeto
| Recurso de anulación de la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 11 de abril de 2006 (asunto R 1430/2005‑2), relativa al registro de la marca comunitaria FLEX (solicitud nº 3.795.011). |
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria: | Adobe Systems Inc. |
Marca comunitaria solicitada: | Marca denominativa FLEX para productos y servicios de las clases 9, 38 y 42 — Solicitud nº 3.795.011 |
Resolución del examinador: | Denegación del registro |
Resolución de la Sala de Recurso: | Desestimación parcial del recurso |
Fallo
2) | | Condenar en costas a Adobe Systems Inc. |