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Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 28 de febrero de 2022 — LACD GmbH / BB Sport GmbH & Co. KG

(Asunto C-133/22)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: LACD GmbH

Recurrida: BB Sport GmbH & Co. KG

Cuestiones prejudiciales

1.    ¿Puede existir cualquier otro elemento no relacionado con la conformidad en el sentido del artículo 2, punto 14, de la Directiva 2011/83/UE, 1 o cualquier otro requisito no relacionado con la conformidad en el sentido del artículo 2, punto 12, de la Directiva (UE) 2019/771, 2 si la obligación del garante está vinculada a circunstancias propias del consumidor, en particular, a su actitud subjetiva respecto al objeto de la venta (en el presente caso, la satisfacción con el objeto de la venta dejada a la discreción del consumidor), sin que dichas circunstancias personales estén relacionadas con el estado o las características del objeto de la venta?

2.    En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión:

¿Debe poder comprobarse la ausencia de elementos relacionados con las circunstancias propias del consumidor (en el presente caso, su satisfacción con los bienes adquiridos) sobre la base de circunstancias objetivas?

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1     Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO 2011, L 304, p. 64).

1     Directiva (UE) 2019/771 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventa de bienes, por la que se modifican el Reglamento (CE) n.º 2017/2394 y la Directiva 2009/22/CE y se deroga la Directiva 1999/44/CE (DO 2019, L 136, p. 28 y corrección de errores en DO 2019, L 305, p. 66).