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Sentencia del Tribunal General de 8 de abril de 2014 — ABN Amro Group/Comisión

(Asunto T-319/11) 1

[«Ayudas de Estado — Sector financiero — Ayuda destinada a poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro — Artículo 107 TFUE, apartado 3, letra b) — Decisión que declara la ayuda incompatible con el mercado interior — Requisitos de autorización de la ayuda — Prohibición de realizar adquisiciones — Conformidad con las Comunicaciones de la Comisión sobre las ayudas al sector financiero en el contexto de la crisis financiera — Proporcionalidad — Igualdad de trato — Principio de buena administración — Obligación de motivación — Derecho de propiedad»]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: ABN Amro Group NV (Ámsterdam, Países Bajos) (representantes: W. Knibbeler y P. van den Berg, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: L. Flynn y S. Noë, agentes)

Objeto

Demanda de anulación parcial de la decisión de la Comisión 2011/823/UE, de 5 de abril de 2011, relativa a las medidas C 11/2009 (anteriormente NN 53b/08, NN 2/10 y N 19/10), aplicada por el Estado neerlandés a favor del grupo ABN Amro NV (creado tras la concentración entre Fortis Bank Nederland y ABN Amro N) (DO L 333, p. 1).

Fallo

Desestimar el recurso.

Condenar en costas a ABN Amro Group NV.

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1 DO C 252, de 27.8.2011.