Language of document : ECLI:EU:C:2020:847


 


 



Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 21 de octubre de 2020 — Stadt Duisburg (Mantenimiento de los derechos adquiridos tras la nacionalización)

(Asunto C-720/19) (1)

«Procedimiento prejudicial — Acuerdo de Asociación CEE-Turquía — Decisión n.º 1/80 — Artículo 7, párrafo primero — Derecho de residencia de los miembros de la familia de un trabajador turco que forma parte del mercado legal de trabajo de un Estado miembro — Nacionalización de un miembro de la familia en cuestión en el Estado miembro de acogida — Mantenimiento del derecho de residencia — Derechos adquiridos»

Acuerdos internacionales — Acuerdo de Asociación CEE-Turquía — Consejo de Asociación constituido en virtud del Acuerdo de Asociación CEE-Turquía — Decisión n.º 1/80 — Reagrupación familiar — Derecho de los miembros de la familia de un trabajador turco que forma parte del mercado legal de trabajo de un Estado miembro a ejercer un empleo en este Estado miembro y derecho de residencia correlativo — Pérdida de estos derechos debida a la adquisición de la nacionalidad de dicho Estado miembro y a la pérdida de la nacionalidad anterior — Improcedencia

(Decisión n.º 1/80 del Consejo de Asociación CEE-Turquía, arts. 7, párr. 1, y 14, ap. 1)

(véanse los apartados 21 y 24 a 27 y el fallo)

Fallo

El artículo 7, párrafo primero, de la Decisión n.º 1/80 del Consejo de Asociación, de 19 de septiembre de 1980, relativa al desarrollo de la asociación entre la Comunidad Económica Europea y Turquía, debe interpretarse en el sentido de que un miembro de la familia de un trabajador turco que haya adquirido los derechos previstos en dicha disposición no pierde el beneficio de dichos derechos cuando adquiere la nacionalidad del Estado miembro de acogida y pierde su nacionalidad anterior.


1 DO C 19 de 20.1.2020.