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Recurso de casación interpuesto el 18 de enero de 2023 por Ferriera Valsabbia SpA y Valsabbia Investimenti SpA contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta ampliada) dictada el 9 de noviembre de 2022 en el asunto T-655/19, Ferriera Valsabbia y Valsabbia Investimenti / Comisión

(Asunto C-29/23 P)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Recurrentes: Ferriera Valsabbia SpA y Valsabbia Investimenti SpA (representantes: D. Fosselard, avocat y avvocato, D. Slater, avocat y Solicitor, G. Carnazza, avvocata)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de las partes recurrentes

Las recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia del Tribunal General de 9 de noviembre de 2022 en el asunto T-655/19, Ferriera Valsabbia y Valsabbia Investimenti/Comisión.

Resuelva definitivamente el litigio, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 61 del Estatuto del Tribunal de Justicia, y anule, en relación con las partes recurrentes, la decisión C(2019) 4969 final de la Comisión Europea, de 4 de julio de 2019, relativa a una violación del artículo 65 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, adoptada a raíz de este asunto — Redondos para hormigón.

Conforme al artículo 138 del Reglamento de Procedimiento, condene a la Comisión al pago de las costas correspondientes a los procedimientos sustanciados ante el Tribunal General y ante el Tribunal de Justicia.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las recurrentes invocan los tres siguientes motivos:

Primer motivo: Infracción del artículo 266 TFUE. Infracción de los artículos 14 y 27, apartado 1, del Reglamento n.º 1/2003 1 y de los artículos 11, 12 y 14 del Reglamento n.º 773/2004. 2 Motivación errónea y contradictoria. Omisión de pronunciamiento. Error manifiesto de Derecho y error manifiesto de apreciación.

El Tribunal General incurrió en un error manifiesto de Derecho y motivó erróneamente la propia sentencia, al no haberse pronunciado sobre algunas imputaciones formuladas por las recurrentes, en la medida en que sostuvo que la Comisión, tras haber convocado una vista sobre el fondo del asunto, con presencia de los representantes de los Estados miembros, en 2018, subsanó el vicio de procedimiento al que se refería el Tribunal de Justicia en su sentencia de 21 de septiembre de 2017, Ferriera Valsabbia, Valsabbia Investimenti y Alfa Acciai/Comisión, asuntos acumulados C-86/15 P y C-87/15 P.

Segundo motivo: Interpretación errónea e infracción del artículo 6 del CEDH y de los artículos 41 y 47 de la Carta. Error manifiesto de Derecho y abuso de poder. Omisión de pronunciamiento e infracción del artículo 296 TFUE.

El Tribunal General excluyó que la duración del procedimiento, bien con respecto solo a la fase administrativa o bien al conjunto del procedimiento, hubiera sido excesiva y que dicha duración hubiera vulnerado de derecho de defensa de las recurrentes, por lo que incurrió en un error de Derecho, en un error manifiesto de apreciación y, bajo algunos aspectos, no se pronunció sobre determinadas imputaciones formuladas por las recurrentes contra la decisión de la Comisión, motivando erróneamente la sentencia.

Tercer motivo: Infracción del artículo 296 TFUE. Motivación errónea y contradictoria de la sentencia. Omisión de pronunciamiento y error manifiesto de apreciación.

El Tribunal General incurrió de nuevo en un error manifiesto de Derecho, en un error manifiesto de apreciación y motivó erróneamente la propia sentencia, al haber considerado que la decisión de la Comisión estaba suficientemente motivada.

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1 Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 y 82 del Tratado (DO 2003, L 1, p. 1).

1 Reglamento (CE) n.º 773/2004 de la Comisión, de 7 de abril de 2004, relativo al desarrollo de los procedimientos de la Comisión con arreglo a los artículos 81 y 82 del Tratado CE (DO 2004, L 123, p. 18).