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Recurso interpuesto el 21 de diciembre de 2007 - Olive Line International/OAMI - Knopf (o-live)

(Asunto T-485/07)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Demandante: Olive Line International, S.L. (Madrid, España) (representante: P. Koch Moreno, abogado)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Reinhard Knopf (Malsch, Alemania)

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que la resolución de 26 de septiembre de 2007, de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI, que desestimó el recurso contra el registro de la marca comunitaria nº 3.219.193, no se ajusta al Reglamento (CE) nº 40/94 sobre la marca comunitaria.

Que se condene en costas a la demandada y, si procede, a la otra parte en el procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: Reinhard Knopf

Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa "o-live", para bienes pertenecientes a las clases 29, 30, 31 y 33 - solicitud de registro nº 3.219.193.

Titular de la marca o del signo invocados en oposición: El solicitante.

Marca o signo invocados en oposición: Denominación comercial nacional "Olive lines", para actividades de intermediario mercantil.

Resolución de la División de Oposición: Desestimar la oposición en su totalidad.

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimar el recurso.

Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartados 1, letra b) y 4, del Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, puesto que existe riesgo de confusión entre la marca anterior no registrada -que goza de una notoriedad de ámbito superior al local- y la marca solicitada.

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