Language of document : ECLI:EU:T:2018:785


 


 



Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 15 de noviembre de 2018 — Banco Santander/Comisión

(Asunto T227/10)

«Ayudas de Estado — Disposiciones relativas al impuesto sobre sociedades que permiten a las empresas con domicilio fiscal en España amortizar el fondo de comercio resultante de adquisiciones de participaciones en empresas con domicilio fiscal en el extranjero — Decisión por la que se declara esta ayuda incompatible con el mercado interior y se ordena su recuperación — Concepto de ayuda de Estado — Carácter selectivo — Sistema de referencia — Excepción — Diferencia de trato — Justificación de la diferencia de trato — Empresas beneficiarias de la medida — Confianza legítima»

1.      Procedimiento judicial — Examen del fondo previo al examen de la admisibilidad — Procedencia

(véanse los apartados 23 y 24)

2.      Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Medida que confiere una ventaja fiscal — Marco de referencia para determinar la existencia de una ventaja — Delimitación material — Criterios — Existencia de un vínculo entre el objeto de la medida en cuestión y el del marco de referencia — Carácter comparable de las situaciones a las que se aplica la medida en cuestión y de las situaciones a las que se aplica el marco de referencia

(Art. 107 TFUE, ap. 1)

(véanse los apartados 50 a 52, 82, 85 y 89 a 93)

3.      Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Medida que confiere una ventaja fiscal — Medida de carácter general aplicable indistintamente a todos los operadores económicos — Medida no aplicable a operaciones comparables a aquellas a las que se supedita su concesión — Medida que puede calificarse como selectiva

(Art. 107 TFUE, ap. 1)

(véase el apartado 69)

4.      Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Medida que confiere una ventaja fiscal — Marco de referencia para determinar la existencia de una ventaja — Delimitación material — Medida que constituye su propio marco de referencia — Requisitos — Régimen tributario claramente delimitado, que persigue objetivos específicos — Inexistencia — Carácter sistemático y general de la medida

(Art. 107 TFUE, ap. 1)

(véanse los apartados 114 a 119)

5.      Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Excepción al sistema tributario general — Diferenciación entre empresas que se hallan en una situación fáctica y jurídica comparable — Criterios de apreciación — Comparación a la luz del objetivo perseguido por el régimen tributario común en su conjunto

(Art. 107 TFUE, ap. 1)

(véanse los apartados 130 a 136)

6.      Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Excepción al sistema tributario general — Justificación basada en la naturaleza y en la estructura del sistema — Criterios de apreciación — Medida tendente a la consecución de un objetivo referido a mecanismos inherentes del sistema fiscal general — Carácter apropiado — Alcance de la carga de la prueba

[Art. 107 TFUE, ap. 1; Reglamento (CE) n.º 659/1999 del Consejo]

(véanse los apartados 153 a 159, 163, 177, 185, 193 y 198)

7.      Recurso de anulación — Objeto — Anulación parcial — Requisito — Posibilidad de disociar las disposiciones impugnadas — Criterio objetivo — Requisito no cumplido — Inadmisibilidad

(Art. 263 TFUE)

(véase el apartado 208)

8.      Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Apreciación a la luz del artículo 107 TFUE, apartado 1 — Consideración de una práctica anterior — Exclusión

(Art. 107 TFUE, ap. 1)

(véanse los apartados 221 y 236)

9.      Ayudas otorgadas por los Estados — Examen por la Comisión — Determinación del beneficiario de la ayuda — Disfrute efectivo — Apreciación

(Art. 107 TFUE, ap. 1)

(véanse los apartados 225 a 234)

10.    Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Apreciación a la luz de la situación objetiva, con independencia del comportamiento de las instituciones — Toma en consideración de dicho comportamiento al examinar la obligación de recuperación de la ayuda incompatible — Protección de la confianza legítima

[Art. 107 TFUE, ap. 1; Reglamento (CE) n.º 659/1999 del Consejo, art. 14]

(véanse los apartados 245 a 259)

11.    Ayudas otorgadas por los Estados — Recuperación de una ayuda ilegal — Ayuda concedida infringiendo las normas de procedimiento del artículo 108 TFUE — Confianza legítima eventual de los beneficiarios — Inexistencia a no ser que concurran circunstancias excepcionales — Confianza legítima nacida de garantías específicas, incondicionales y coincidentes prestadas por la Comisión — Publicación de la decisión de incoar un procedimiento de investigación formal que pone fin a esta confianza legítima

(Arts. 107 TFUE, ap. 1, y 108 TFUE, ap. 3)

(véanse los apartados 261 a 284)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE y por el que se solicita la anulación del artículo 1, apartado 1, de la Decisión 2011/5/CE de la Comisión, de 28 de octubre de 2009, relativa a la amortización fiscal del fondo de comercio financiero para la adquisición de participaciones extranjeras C 45/07 (ex NN 51/07, ex CP 9/07) aplicada por España (DO 2011, L 7, p. 48), y, subsidiariamente, del artículo 4 de esta Decisión.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Banco Santander, S.A., cargará con sus propias costas y, además, con las costas de la Comisión Europea.