Language of document : ECLI:EU:T:2021:743


 


 



Auto del Tribunal General (Sala Primera) de 22 de octubre de 2021 — Equinoccio-Compañía de Comercio Exterior/Comisión

(Asunto T22/21)

«Recurso de anulación — Instrumento de Ayuda Preadhesión — Estado tercero — Contrato público nacional — Resolución del contrato por parte del poder adjudicador — Solicitud de ejecución forzosa de una garantía bancaria por parte del poder adjudicador — Autorización del Jefe de la Delegación de la Unión en el Estado tercero o de su sustituto — Incompetencia»

Recurso de anulación — Recurso cuyo objeto es en realidad un litigio de naturaleza contractual — Instrumento de Ayuda Preadhesión — Estado tercero — Contrato público nacional — Resolución del contrato por parte del poder adjudicador — Solicitud de ejecución forzosa de una garantía bancaria por parte del poder adjudicador — Autorización del Jefe de la Delegación de la Unión en el Estado tercero o de su sustituto — Incompetencia del juez de la Unión — Inadmisibilidad

(Arts. 263 TFUE y 288 TFUE)

(véanse los apartados 22 a 25, 30 y 34 a 36)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación del escrito de la Comisión de 5 de noviembre de 2020 que lleva la referencia GK/Regio.ddg.d. 1(2020)6793282, relativo a la ejecución de la garantía bancaria solicitada por el Ministerio turco de Ciencia, Industria y Tecnología.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Equinoccio-Compañía de Comercio Exterior, S.L.