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Recurso interpuesto el 7 de abril de 2010 - Evropaïki Dynamiki/Comisión

(Asunto T-167/10)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Evropaïki Dynamiki - Proigmena Systimata Tilepikoinonion Pliroforikis kai Tilematikis AE (Atenas) (representantes: N. Korogiannakis y M. Dermitzakis, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la decisión de 27 de enero de 2010 de la Secretaría General - SG.E.3/FM/psi - Ares (2010)43764 - por la que se deniega la solicitud de revisión formulada por la demandante en la que se pedía, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1049/2001, que se revisara la posición adoptada por la Dirección General de Informática en su escrito de 18 de septiembre de 2009, a raíz de la solicitud inicial de la demandante, fechada el 14 de agosto de 2009, relativa al acceso a todas las peticiones de precios correspondientes al lote 3A de ESP-DESIS.

Que se anule la decisión de 11 de marzo de 2010 de la Secretaría General - SG.E.3/FM/MIB/rc/psi - Ares (2010)131966 - por la que se deniega la solicitud de revisión formulada por la demandante en la que se pedía, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1049/2001, que se revisaran las posiciones adoptadas por la Dirección General (DG) de Informática, la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (OP, con anterioridad OPOCE) y por la DG Presupuesto en sus respectivos escritos de 11 de diciembre de 2009, a raíz de las solicitudes iniciales de la demandante, fechadas el 9 de octubre de 2009, relativas al acceso a todas las peticiones de precios correspondientes a todos los lotes de los contratos ESP, ESP-DIMA y ESP-DESIS (gestionados por la DG Informática), de los contratos marco de la OPOCE nos 6011, 6102, 6103, 6020, 10042, 6121, 6031, 10030 y del contrato marco de la DG PRESUPUESTO nº BUDG/O101.

Que se condene a la Comisión a pagar a la demandante todos los gastos, incluidos los jurídicos, que haya soportado en relación con su demanda; incluso aunque se desestime la presente demanda.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de sus pretensiones, la demandante alega que la Comisión vulneró el Reglamento nº 1049/2001 al no llevar a cabo un examen concreto e individualizado de los documentos a los que hacía referencia en la solicitud de acceso para valorar si las excepciones sobre las que descansa eran de aplicación o si se podía conceder un acceso limitado. Además, la demandante alega que se deben desestimar por ser totalmente infundadas las justificaciones dadas por la Comisión acerca de la protección de la política económica de la UE, de la protección de los intereses comerciales y de las razones de seguridad pública, ya que las razones en las que se basa la Comisión son, a juicio de la demandante, de naturaleza general y abstracta y no muestran que la Comisión hubiese llevado a cabo un examen particular e individualizado del contenido de los documentos solicitados.

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