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Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 6 de febrero de 2024 [petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) — Portugal] — MB / Autoridade Tributária e Aduaneira

(Asunto C-399/23, 1 Osóquim 2 )

(Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Respuesta que puede deducirse claramente de la jurisprudencia — Impuesto sobre vehículos — Vehículos de segunda mano procedentes de otros Estados miembros — Porcentajes de reducción vinculados con la depreciación del valor comercial — Cálculo basado en un componente de cilindrada y en un componente medioambiental — Aplicación de diferentes porcentajes de reducción a cada componente del impuesto)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD)

Partes en el procedimiento principal

Demandante: MB

Demandada: Autoridade Tributária e Aduaneira

Fallo

El artículo 110 TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que, para el cálculo de la cuantía de un impuesto sobre vehículos, cuando este se aplica a vehículos procedentes de otro Estado miembro, no tiene en cuenta la depreciación del componente medioambiental de dicho impuesto en la misma proporción y en los mismos términos en que lo hace en relación con el componente de cilindrada de tal impuesto, si, y en la medida en que, la cuantía del impuesto percibido sobre dicho vehículo excede de la cuantía del valor residual del impuesto que se incorpora al valor de los vehículos nacionales similares presentes en el mercado nacional de vehículos de segunda mano.

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1 Fecha de presentación: 29.6.2023.

1 La denominación del presente asunto es ficticia. No se corresponde con el nombre de ninguna parte en el procedimiento.