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Comunicación al DO

 

AUTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

de 21 de enero de 2004

en el asunto T-245/03 R, Fédération nationale de la coopération bétail et viande (FNCBV) contra Comisión de las Comunidades Europeas

(Procedimiento sobre medidas provisionales - Competencia - Pago de una multa - Garantía bancaria - Fumus boni iuris - Urgencia - Ponderación de los intereses - Suspensión parcial y condicional)

(Lengua de procedimiento: francés)

En el asunto T-217/03 R, Fédération nationale de la coopération bétail et viande (FNCBV), con sede en París (Francia), representada por Mes R. Collin y M. Ponsard, abogados, que designa domicilio en Luxemburgo, apoyadas por la República Francesa, (agentes: Sres. G. de Bergues y F. Million), contra Comisión de las Comunidades Europeas, (agentes: Sr. P. Oliver y Sra. O. Beynet), que tiene por objeto una demanda dirigida a obtener la dispensa de la obligación de constituir una garantía bancaria para evitar la recaudación de la multa de 480.000 euros impuesta por la Decisión 2003/600/CE de la Comisión, de 2 de abril de 2003, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81 del Tratado CE (Asunto COMP/C.38.279/F3 - Carnes de vacuno francesas) (DO L 209, p. 12), el Presidente del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas ha dictado, el 21 de enero de 2004, un auto en el que se resuelve lo siguiente:

Suspender durante dos meses a partir de la fecha de notificación del presente auto la obligación de la demandante de constituir a favor de la Comisión una garantía bancaria para evitar la recaudación inmediata de la multa que le fue impuesta por el artículo 3 de la Decisión 2003/600/CE de la Comisión, de 2 de abril de 2003, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81 del Tratado CE (Asunto COMP/C.38.279/F 3 - Carnes de vacuno francesas), bajo la condición de que en un plazo de cuatro semanas a partir de la misma fecha pague 140.000 euros a la Comisión y constituya a favor de ésta una garantía por 60.000 euros, o alternativamente constituya a favor de la Comisión una garantía bancaria por 200.000 euros.

Reservar la decisión sobre las costas.

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