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Sentencia del Tribunal General de 15 de julio de 2015 — GEA Group/Comisión

(Asunto T-189/10) 1

(«Competencia — Prácticas colusorias — Mercados europeos de los termoestabilizadores — Decisión por la que se declara una infracción del artículo 81 CE y del artículo 53 del Acuerdo EEE — Infracción cometida por filiales — Multas — Responsabilidad solidaria de las filiales y de la sociedad matriz — Superación del límimte máximo del 10 % por una de las filiales — Decisión de readopción — Reducción del importe de la multa a dicha filial — Imputación de la obligación de pago del importe reducido de la multa a la otra filial y a la sociedad matriz — Derecho de defensa — Derecho a ser oído — Derecho de acceso al expediente»)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: GEA Group AG (Düsseldorf, Alemania) (representantes: A. Kallmayer, I. du Mont y G. Schiffers, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: R. Sauer y F. Ronkes Agerbeek, agentes, asistidos por W. Berg, abogado)

Objeto

Pretensión de anulación de la Decisión C(2010) 727 de la Comisión, de 8 de febrero de 2010, mediante la que se modificó la Decisión C(2009) 8682 final de la Comisión, de 11 de noviembre de 2009, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81 CE y del artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto COMP/38589 — Termoestabilizadores), o, con carácter subsidiario, una pretensión de reducción del importe de las multas impuestas a la demandante.

Fallo

Anular, en lo que se refiere a GEA Group AG, la Decisión C(2010) 727 de la Comisión, de 8 de febrero de 2010, mediante la que se modificó la Decisión C(2009) 8682 final de la Comisión, de 11 de noviembre de 2009, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81 CE y del artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto COMP/38.589 — Termoestabilizadores).

Condenar en costas a la Comisión Europea.

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1 DO C 179, de 3.7.2010.