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Comunicación al DO

 

     SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

     de 15 de octubre de 2003

en el asunto T-295/01: Nordmilch eG contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI)(1)

    ("Marca comunitaria ( Reglamento (CE) nº 40/94 ( Vocablo OLDENBURGER ( Motivo de denegación absoluto ( Carácter descriptivo ( Procedencia geográfica ( Artículo 7, apartados 1, letra c), y 2 ( Limitación

del derecho conferido ( Artículo 12, letra b) ( Declaración sobre el alcance de la protección ( Artículo 38, apartado 2")

    (Lengua de procedimiento: alemán.)

En el asunto T-295/01, Nordmilch eG, con domicilio social en Zeven (Alemania), representada por el Sr. C. Spintig, abogado, contra Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos) (OAMI) (agentes: Sres. A. von Mühlendahl y G. Schneider), que tiene por objeto un recurso interpuesto contra la resolución de la Sala Tercera de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos), de 19 de septiembre de 2001 (asunto R 826/2000-3), relativa a la solicitud de registro del vocablo OLDENBURGER, el Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta), integrado por la Sra. V. Tiili, Presidenta, y los Sres. P. Mengozzi y M. Vilaras, Jueces; Secretaria: Sra. D. Christensen, administradora, ha dictado el 15 de octubre de 2003 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)Desestimar el recurso.

2)Condenar en costas a la demandante.

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1 - )DO C 44 de 16.2.2002.