Language of document : ECLI:EU:T:2009:264





Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Séptima) de 9 de julio de 2009 — infeurope/Comisión

(Asunto T‑176/08)

«Recursos por omisión, de anulación y de indemnización — Contratos públicos de servicios — Licitación relativa al mantenimiento de los sistemas informáticos de la OAMI — Recurso administrativo ante la Comisión — Desestimación tácita por parte de la Comisión — Pretensiones nuevas — Relación entre el recurso por omisión y el recurso de indemnización — Inadmisibilidad manifiesta»

1.                     Recurso por omisión — Omisión — Concepto — Recurso administrativo contra un acto del Presidente de la Oficina de Armonización del Mercado Interior en materia de contratación pública — Desestimación tácita por parte de la Comisión — Exclusión — Inadmisibilidad del recurso por omisión [Art. 232 CE; Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, art. 118] (véanse los apartados 36 a 40)

2.                     Procedimiento — Objeto del litigio — Modificación en el curso del proceso (Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 48, ap. 2) (véase el apartado 42)

3.                     Recurso de indemnización — Autonomía respecto a los recursos de anulación y por omisión — Inadmisibilidad manifiesta de los recursos de anulación y por omisión — Pretensión de indemnización estrechamente relacionada con el recurso por omisión — Inadmisibilidad (Art. 288 CE, párr. 2) (véanse los apartados 46 a 48)

Objeto

En primer lugar, con carácter principal, pretensión de que se declare la omisión de la Comisión en la medida en que se abstuvo ilegalmente de anular la decisión de adjudicación de los contratos marco, a raíz del procedimiento de licitación AO/042/05 de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) para el mantenimiento de los programas informáticos relativos a los sistemas de la actividad principal de la OAMI en materia de marcas, dibujos y modelos, y de poner fin a los acuerdos específicos celebrados a raíz de dichos contratos marco y, con carácter subsidiario, pretensión de anulación de la supuesta desestimación tácita por parte de la Comisión del recurso administrativo de la demandante de 2 de diciembre de 2007 en dicho procedimiento de licitación, y, en segundo lugar, pretensión de indemnización del perjuicio pretendidamente sufrido como consecuencia de las supuestas omisiones ilegales de la Comisión.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a infeurope al pago de sus propias costas, así como de las causadas por la Comisión.

3)

Sobreseer la solicitud de intervención de European Dynamics SA.

4)

infeurope, la Comisión y European Dynamics cargarán con las costas causadas por cada una de ellas, respectivamente, en relación con la solicitud de intervención.