Language of document : ECLI:EU:T:2012:481





Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) de 27 de septiembre de 2012 — Total Nederland/Comisión

(Asunto T‑348/06)

«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado neerlandés del betún para el recubrimiento de carreteras — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 81 CE — Carácter continuado de la infracción — Imputabilidad del comportamiento infractor — Multas — Gravedad y duración de la infracción»

1.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción — Prueba de la infracción y de su duración a cargo de la Comisión — Alcance de la carga de la prueba — Grado de precisión exigido a los elementos de prueba utilizados por la Comisión — Control jurisdiccional — Alcance [Arts. 81 CE y 82 CE; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 2] (véanse los apartados 32 y 33)

2.                     Prácticas colusorias — Prohibición — Prácticas colusorias que prolongan sus efectos después de haber cesado formalmente — Aplicación del artículo 81 CE (Art. 81 CE, ap. 1) (véase el apartado 37)

3.                     Competencia — Procedimiento administrativo — Decisión de la Comisión por la que se declara la existencia de una infracción — Prueba de la infracción y de su duración a cargo de la Comisión — Alcance de la carga de la prueba — Infracción única y continuada — Falta de pruebas por lo que respecta a determinados períodos concretos del período global considerado — Irrelevancia [Arts. 81 CE y 82 CE; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 2] (véanse los apartados 42 y 45)

4.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Gravedad de la infracción — Facultad de apreciación de la Comisión — Apreciación según la naturaleza de la infracción — Infracciones muy graves — Acuerdo horizontal sobre precios y aplicación a los socios comerciales de condiciones desiguales por prestaciones equivalentes — Apreciación global [Art. 81 CE, ap. 1; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2; Comunicación 98/C 9/03 de la Comisión, punto 1] (véanse los apartados 58 a 62)

5.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Gravedad de la infracción — Facultad de apreciación de la Comisión — Apreciación según la naturaleza de la infracción — Infracciones muy graves — Necesidad de determinar su repercusión y su ámbito geográfico — Inexistencia — Consideración por la Comisión de las repercusiones en el mercado — Alcance de la carga de la prueba [Art. 81 CE, ap. 1; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2; Comunicación 98/C 9/03 de la Comisión, punto 1 A] (véanse los apartados 71, 73 y 74)

6.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Circunstancias atenuantes — No aplicación efectiva de un acuerdo — Apreciación [Art. 81 CE, ap. 1; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2; Comunicación 98/C 9/03 de la Comisión, punto 3, párr. 2] (véanse los apartados 78 a 83)

7.                     Competencia — Multas — Importe — Determinación — Criterios — Carácter disuasorio de la multa — Capacidad de las grandes empresas para calibrar el alcance de sus conductas — Volumen de negocios que ha de tomarse en consideración [Art. 81 CE, ap. 1; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 23, ap. 2; Comunicación 98/C 9/03 de la Comisión, punto 1 A, párrs. 4 y 5] (véanse los apartados 92 a 95)

8.                     Competencia — Normas de la Unión — Infracciones — Imputación — Sociedad matriz y filiales — Unidad económica — Criterios de apreciación — Presunción de una influencia determinante de la sociedad matriz en las filiales participadas al 100 % — Inversión de la carga de la prueba y violación del principio de presunción de inocencia — Inexistencia [Arts. 81 CE y 82 CE; Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo, art. 2] (véanse los apartados 98 a 102, 105 y 108)

9.                     Competencia — Normas de la Unión — Infracciones — Imputación — Sociedad matriz y filiales — Unidad económica — Criterios de apreciación — Presunción de una influencia determinante de la sociedad matriz en las filiales participadas al 100 % — Consideración, para el cálculo de la multa, del volumen de negocios del grupo — Violación del principio de individualización de las penas y las sanciones — Inexistencia (Arts. 81 CE y 82 CE) (véase el apartado 106)

10.                     Competencia — Normas de la Unión — Infracciones — Imputación — Sociedad matriz y filiales — Unidad económica — Criterios de apreciación — Presunción de una influencia determinante de la sociedad matriz en las filiales participadas al 100 % — Datos adicionales tenidos en cuenta por la Comisión — Sociedad matriz y filial que se han presentado como interlocutoras únicas durante el procedimiento administrativo (Arts. 81 CE y 82 CE) (véanse los apartados 111 y 114)

Objeto

Con carácter principal, pretensión de anulación parcial de la Decisión C(2006) 4090 final de la Comisión, de 13 de septiembre de 2006, relativa a un procedimiento de aplicación del artículo 81 [CE] [Asunto COMP/F/38.456 — Betún (Países Bajos)], y, con carácter subsidiario, pretensión de reducción del importe de la multa impuesta a la demandante mediante dicha Decisión.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Total Nederland NV.