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Recurso interpuesto el 12 de septiembre de 2012 - Toshiba Corporation/Comisión

(Asunto T-404/12)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Toshiba Corporation (Tokio, Japón) (representante: J. MacLennan, Solicitor, A. Schulz y S. Sakellariou, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de la Comisión de 27 de junio de 2012 en el asunto COMP/39.966 - Conmutadores con aislamiento de gas - multas).

Con carácter subsidiario, reduzca la multa según considere conveniente el Tribunal General.

En cualquier caso, reembolse a la demandante las costas del procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

1.    Primer motivo, basado en que la Comisión violó el principio de buena administración y el principio de proporcionalidad al adoptar prematuramente su Decisión de 27 de junio de 2012 en el asunto COMP/39.966 - Conmutadores con aislamiento de gas - multas, antes de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictara su sentencia en el asunto C-498/11 P Toshiba Corporation/Comisión Europea.

2.    Segundo motivo, basado en que la Comisión vulneró el derecho de defensa de Toshiba al no emitir un pliego de cargos antes de la adopción de la Decisión de 27 de junio de 2012 en el asunto COMP/39.966 - Conmutadores con aislamiento de gas - multas, y al no abordar en el escrito de exposición de los hechos un elemento importante del cálculo de la multa impuesta por dicha decisión.

3.    Tercer motivo, basado en que la Comisión violó el principio de igualdad de trato porque trató a la demandante de forma distinta que a los fabricantes europeos de conmutadores con aislamiento de gas al basar la multa de la demandante en el importe de partida de TM T&D en lugar de en el volumen de negocios de la demandante.

4.    Cuarto motivo, basado en que la Comisión no adujo una motivación suficiente al fijar el importe de partida de TM T&D.

5.    Quinto motivo, basado en que la Comisión vulneró el principio de igualdad de trato al diferenciar el grado de culpabilidad de Toshiba del de los fabricantes europeos de conmutadores con aislamiento de gas.

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