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Sentencia del Tribunal General de 16 de abril de 2015 — Carl Schlyter/Comisión

(Asunto T-402/12) 1

[«Acceso a los documentos — Reglamento (CE) nº 1049/2001 — Artículo 4, apartado 2, tercer guión — Excepción relativa a la protección de los objetivos de las actividades de investigación — Reglamento (CE) nº 1367/2006 — Artículo 6, apartado 1 — Dictamen circunstanciado sobre un proyecto de Orden relativa a la declaración anual de sustancias en estado nanoparticular notificado por las autoridades francesas a la Comisión con arreglo a las disposiciones de la Directiva 98/34/CE — Denegación de acceso»]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Carl Schlyter (Linköping, Suecia) (representantes: O. Brouwer y S. Schubert, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: P. Costa de Oliveira, A. Tokár y C. Zadra, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la parte demandante: República de Finlandia (representante: S. Hartikainen, agente); y Reino de Suecia (representantes: inicialmente A. Falk, C. Meyer-Seitz, U. Person, C. Stege, S. Johannesson y H. Karlsson, posteriormente A. Falk, C. Meyer-Seitz, U. Persson, E. Karlsson, L. Swedenborg y C. Hagerman, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandada: República Francesa (representantes: B. Beaupère-Manokha, D. Colas y F. Fize, agentes)

Objeto

Recurso de anulación de la decisión de la Comisión de 27 de junio de 2012 por la que ésta denegó, durante el período de statu quo, el acceso a su dictamen circunstanciado sobre un proyecto de Orden relativa al contenido y a las condiciones de presentación de la declaración anual de sustancias en estado nanoparticular (2011/673/F) que las autoridades francesas le habían notificado en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de junio de 1998, por la que se establece un procedimiento de información en materia de las normas y reglamentaciones técnicas (DO L 204, p. 37), en su versión modificada por la Directiva 98/48/CE del Parlamento y del Consejo, de 20 de julio de 1998 (DO L 217, p. 18).

Fallo

1)    Anular la decisión de la Comisión Europea de 27 de junio de 2012 por la que ésta denegó, durante el período de statu quo, el acceso a su dictamen circunstanciado sobre un proyecto de Orden relativa a la declaración anual de sustancias en estado nanoparticular (2011/673/F) que las autoridades francesas le habían notificado en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de junio de 1998, por la que se establece un procedimiento de información en materia de las normas y reglamentaciones técnicas (DO L 204, p. 37), en su versión modificada por la Directiva 98/48/CE del Parlamento y del Consejo, de 20 de julio de 1998.

2)    La Comisión cargará, además de con sus propias costas, con aquellas en que haya incurrido el Sr. Carl Schlyter.

3)    La República Francesa, la República de Finlandia y el Reino de Suecia cargarán con sus propias costas.

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1 DO C 343, de 10.11.2012.